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¿Justicia o prejuicio?

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Según el diccionario, la acepción “prejuicio” es todo:

Juicio de valor realizado de forma anticipada, sin corroborarlo, dirigido a una persona o grupo.

En un proceso penal damos por sentado que los fiscales y principalmente el juzgador realiza su función libre de prejuicios, con equidad de género y de conformidad con lo principios propios del sistema acusatorio, como son la presunción de inocencia, in dubio pro reo e igualdad.

Sin embargo, en el foro, la realidad es muy diferente, pues cuando se trata de víctimas vulnerables o casos virales se rompe con el citado principio dando lugar al de culpabilidad, lo que se traduce en arrojar la carga de la prueba al procesado o sea, “a la cárcel hasta que demuestre su inocencia”.

Desde luego, no debemos minimizar acciones tan graves como una tentativa de feminicidio o violación, abuso sexual, corrupción de menores, violencia familiar o contra pederastas; pero sí concientizar sobre el abuso que en la práctica se presenta cuando una falsa acusación sumada a una impresión diagnóstica da lugar a la vinculación y condena del calumniado.

En efecto, es lamentable que cada vez sean más frecuentes las falsas denuncias de gente aconsejada por seudo abogados o personas sin escrúpulos que por despecho, coraje, venganza o por obtener un jugoso lucro tergiversen una relación, muchas veces consensuada, para pedir sumas estratosferas por “retirar”, cambiar desaparecer, o retractarse de su inicial declaración , a sabiendas de que la presión por encarcelar al presunto terminará por hacerlo ceder ante el chantaje.

Justamente, nos hemos movido de un extremo a otro, ya que las mujeres, -históricamente-desamparadas, pasaron del abandono a la sobre protección judicial.

En este contexto, debemos exigir al juzgador que sancione con base en las constancias, las pruebas desahogadas; o bien, que observe la insuficiencia probatoria, aplique los principios supra referidos y dicte una resolución libre de presiones o …prejuicios.

 

Dr. Gerardo UROS@

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