Cuando parecía que, en el estado mexicano, se avanzaba por el respeto de los derechos humanos en materia (penal), siendo concretos, en lo relativo a la libertad personal, y quizá desafortunadamente cuando la mayoría se encontraba en plena celebración para recibir este año 2025, se publica en el Diario Oficial de la Federación, la reforma, que vislumbra una regresión en materia de prisión en nuestro querido México.
Esto porque la base primordial de las reformas del año 2008 (sistema de corte acusatorio oral penal) y la del año 2011 (en derechos humanos), tienen el eje central de respetar y velar que los derechos sean protegidos por el estado.
Siendo así, que se venía trascendiendo, en cuanto que no se impusiera una medida cautelar, llamada la más lesiva o de gran afectación a la libertad personal, puesto que esta debería de ser la última ratio, derivado que así se ha establecido, sin embargo, con la reciente reforma que se dio, se vislumbra que será en automático una prisión oficiosa para ciertos delitos.
Pero lo alarmante, es que el estado mexicano ha sido, sancionado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en cuanto a esta circunstancia, para ello solo basta con que se volteen a ver las sentencias emitidas siendo las de:
- Tzompaxtle Tecpile y otros vs México de fecha 7 de noviembre del año 2022.
- García Rodríguez y otros vs México de fecha de enero de 2023.
Sentencias que debe el estado mexicano, cumplir a cabalidad, ya que está obligado, sin embargo, lejos de acatar dichas sentencias, emite un decreto, que por demás resulta violatorio de derechos humanos.
En esta tesitura, de la reciente reforma, se puede observar que los Juzgadores Mexicanos, no tendrán opción alguna de hacer una interpretación, diferente a lo que establece la reforma al artículo 19 constitucional, ya que se alcanza a leer … QUEDANDO PROHIBIDA CUALQUIER INTERPRETACION ANALOGA O EXTENSIVA QUE PRETENDA INAPLICAR…
No dejando otra opción que aplicar, la prisión preventiva oficiosa, que va en contra de los instrumentos internacionales, de los cuales el estado es parte, y de la propia naturaleza del sistema procesal penal, que tenemos en nuestro país.
Teniendo una tarea muy difícil los que participamos, en el sistema procesal penal, que debemos luchar porque se respete el proceso en todo su esplendor, y como ya se mencionó en el presente artículo, que sea respetado el eje central y del para que fue creado, siendo los derechos humanos.
Misma reforma que el por demás, contraria a lo que se viene buscando desde ya años atrás, que es llegar a un verdadero estado de derecho, en el cual se tenga un buen funcionamiento de este.
La interrogante aquí seria ¿A quiénes afectara más esta reforma?
Juan J. Santillán G. Socio-Fundador de la Firma Legal SANTILLÁN & GRACIA. Litigante en derecho penal y juicio de amparo.