
A cuatro años del violento intento de transfeminicidio que cambió para siempre la vida de Natalia Lane, la búsqueda de justicia, tan esperada como tortuosa, ha dado un paso clave: el inicio del juicio oral contra su agresor. Este momento no es solo un hito procesal, sino un punto de inflexión en la discusión sobre cómo el sistema penal mexicano enfrenta la violencia extrema motivada por odio hacia las mujeres trans.
La madrugada del 16 de enero de 2022, en un hotel de la Ciudad de México, Natalia fue ataque con arma blanca en el cuello, la cara y la mano, por un cliente que intentó quitarle la vida en un acto de violencia transfóbica. Ella misma documentó el ataque desde el lugar de los hechos, difundiendo un video donde pedía ayuda e imploraba por justicia.
Sin embargo, este episodio representó solo el comienzo de una odisea judicial caracterizada por dilaciones, amparos y decisiones judiciales que prolongaron el proceso más de lo imaginable para un país que enfrenta cifras alarmantes de violencia de género. El presunto agresor, identificado como Alejandro “N”, fue detenido y vinculado a proceso por feminicidio y homicidio en grado de tentativa, entre otros cargos; pero durante años el caso no había llegado a la etapa que, en teoría, representa la confrontación directa de pruebas entre Fiscalía y defensa: el juicio oral.
Apenas esta semana, según informes de prensa, se ha dado finalmente el inicio de la audiencia de juicio oral en el caso, después de que múltiples recursos legales interpuestos por la defensa del imputado habían obstaculizado el avance procesal. Este evento no solo es simbólico es, en muchos sentidos, una prueba de fuego para que el sistema penal demuestre que puede procesar con perspectiva de género un caso emblemático de violencia transferida en México.
Desde los ojos de la dogmática penal, que estudia las estructuras y principios del derecho penal como ciencia jurídica, este momento plantea preguntas esenciales: ¿Qué mensaje se envía a quienes sobreviven a violencia extrema cuando el proceso tarda una eternidad en comenzar? ¿Qué implica que una figura agresiva motivada por odio, en este caso contra una mujer trans, enfrente una justicia tan lenta?
Estos cuestionamientos no son académicos. El derecho penal, especialmente en un Estado constitucional, se basa en principios como celeridad, legalidad, debido proceso, proporcionalidad y enfoque diferencial, que obligan a las autoridades a no sólo perseguir delitos, sino hacerlo con la diligencia y sensibilidad que exige cada contexto. La demora en iniciar el juicio oral en un caso de esta gravedad pone en evidencia, desde la dogmática penal, la tensión entre la norma escrita y la realidad de su aplicación.
Cuando un sistema no logra traducir en resultados concretos las normas que protegen la vida y la igualdad, se corre el riesgo de que el derecho penal se perciba como un discurso vacío o un mecanismo que solo funcione para quienes cuentan con recursos o visibilidad mediática. En el caso de Lane, esa visibilidad no ha sido suficiente para evitar años de espera ni para garantizar una reparación integral de los daños físicos, psicológicos y sociales que ha sufrido.
México, durante los últimos años, ha enfrentado una creciente presión de activistas y organizaciones de derechos humanos para reconocer y legislar la violencia específica que se ejerce contra las personas trans. En agosto de 2024, la Ciudad de México promulgó la llamada Ley Paola Buenrostro, que tipifica el transfeminicidio como delito autónomo con penas de hasta 70 años de prisión, reconociendo que la violencia motivada por rechazo a la identidad de género es radicalmente distinta de otras formas de agresión.
No obstante, este avance normativo enfrenta el desafío de ser aplicado de manera efectiva. El hecho de que el juicio oral de Lane apenas comience, pese a la existencia de esta ley y la trascendencia del caso, indica que tipificar una conducta no es suficiente si los operadores jurídicos no cuentan con la capacitación adecuada, ni con protocolos que integren perspectiva de género y enfoque diferencial desde la investigación hasta la sentencia.
Esto nos lleva a una tensión central de la dogmática penal contemporánea: la función garantista del derecho penal frente a la realidad estructural de discriminación. En teoría, el derecho penal debe proteger a los más vulnerables y sancionar las agresiones más grave; en la práctica, los grupos en situación de marginación suelen encontrar barreras adicionales para acceder a una justicia pronta y expedita. El caso de Lane se inserta en esta realidad: no solo fue víctima de violencia extrema, sino que además ha tenido que enfrentar una ruta procesal llena de trabas donde la defensa técnica de su agresor ha podido aprovechar cada resquicio legal para retrasar el juicio.
A la luz de la dogmática penal, también es pertinente preguntarse por la proporcionalidad del castigo y su función preventiva. ¿Qué sentido tiene una pena de prisión si el proceso toma años en llegar a juicio? ¿Cómo garantizar que la sanción, si llega, sea realmente proporcional y justa, en atención tanto a la gravedad del hecho como a los principios rectores del derecho penal? Estas preguntas son especialmente sensibles cuando pensamos en delitos motivados por odio, como el transfeminicidio, donde el daño social va más allá de una sola víctima y afecta a comunidades enteras.
Finalmente, el juicio oral en curso debe ser observado no solo como un avance formal, sino como una oportunidad para que el sistema jurídico mexicano demuestre que puede aplicar con eficacia los avances normativos en materia de violencia de género. El derecho penal no es solo un conjunto de reglas abstractas; es un instrumento que legitima la respuesta del Estado contra quienes vulneran los bienes jurídicos más esenciales. Si este instrumento falla en casos emblemáticos como el de Natalia Lane, se debilita la confianza pública en la justicia y se perpetúa la percepción de impunidad estructural.
Más allá del castigo, la sociedad mexicana y su sistema jurídico deben reflexionar sobre cómo integrar una justicia que sea protectora, eficiente y sensible a las realidades de quiénes han sido históricamente marginados.
















