Inicio Justicia Improcedente e ilegal un arreglo económico con Lozoya, advierte TOJIL

Improcedente e ilegal un arreglo económico con Lozoya, advierte TOJIL

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Europa Press

Por: Arturo Ángel

La organización no gubernamental especializada en temas de corrupción, TOJIL, advirtió que el acuerdo reparatorio y criterio de oportunidad que busca el exdirector de Pemex, Emilio Lozoya Austin, para evitar ir a juicio por los sobornos que recibió de las empresas Odebrecht y Agronitrogenados, es improcedente e ilegal.

A través de sus abogados defensores, Lozoya ha insistido públicamente que el gobierno federal debe aceptar los poco más de diez millones de dólares que ha ofrecido pagar y que equivalen al monto del dinero que habría recibido, según los peritajes practicados. Ello, sumado a la colaboración que ha brindado denunciando presuntos hechos de corrupción de otros funcionarios.

Sin embargo, de acuerdo con un análisis jurídico de las abogadas cofundadoras de TOJIL Estefanía Medina y Adriana Greaves, y que fue remitido al juez responsable del proceso, los delitos y la gravedad del caso no permiten una solución alterna de estas características.

Entre los argumentos esgrimidos destaca la improcedencia de aplicar un acuerdo reparatorio para el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita (comúnmente conocido como lavado de dinero) que se imputa a Lozoya, y por los cuales la Fiscalía ya ha pedido que se le aplique las penas máximas.

TOJIL dice que el acuerdo reparatorio, según el artículo 187 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), solo resulta aplicable cuando se trata de ilícitos que ameritan querella o requisito equivalente, que son delitos culposos (no intencionales), o que son ilícitos patrimoniales y sin violencia, ninguno de los cuales encaja con el de lavado de dinero.

De acuerdo con las abogadas el lavado es, en los hechos, un delito que en realidad se sigue de oficio. La Fiscalía no requiere de la existencia de una denuncia o querella para iniciar una investigación y, si bien, la ley contempla que se necesita de una denuncia de Hacienda para proceder penalmente en los casos donde se haya usado el sistema financiero, este solo es un requisito de procedimiento cuando ya se pretende judicializar el caso.

“El delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita no es un delito de querella ni tampoco la denuncia de la SHCP es un requisito o acto equivalente (…) la denuncia que contempla el artículo 400 Bis por parte de la SHCP es únicamente un requisito  para proceder penalmente (ejercitar la acción penal), no así para dar inicio a la carpeta de investigación, por lo que es posible observar que es un delito totalmente de oficio (con todas sus reglas respectivas) en el que la única excepción es el requisito de la denuncia de la SHCP para, en el momento procesal oportuno, ejercitar acción penal en contra del imputado”, indica TOJIL.

La organización añade que también resulta evidente que en el caso de Lozoya no se está en el supuesto de un delito culposo o no intencional. Tampoco se trata de un delito patrimonial, como lo sería un robo, pues lo que se castiga en el caso en el tema del lavado es el uso del sistema financiero con fines ilícitos, situación que a su vez amenaza la estabilidad económica.

“De todo lo expuesto con anterioridad, es posible concluir que los acuerdos reparatorios resultan improcedentes en los casos relativos al delito de ORPI, por lo que su aplicación resulta contraria a la ley”, indica la organización.

Criterio de oportunidad tampoco aplica

El criterio de oportunidad es un beneficio que el Ministerio Público puede conceder a una persona sujeta a un proceso penal cuando se cumplen ciertos requisitos. Su efecto es la suspensión del proceso y la posible absolución a la larga del mismo. Si el caso ya está judicializado, como sucede con Lozoya, dicho criterio tiene que ser palomeado por un juez.

La defensa del exdirector de Pemex insiste en que las denuncias que este presentó desde 2020, donde señaló que por órdenes del expresidente Enrique Peña Nieto y el exsecretario de Hacienda Luis Videgaray sobornó a legisladores para aprobar reformas estructurales, son suficientes para que el criterio se le aplique.

TOJIL, no obstante, advierte que no se cumplen con los términos que contemplan las leyes para que esto sea aplicable.

Primero porque el acuerdo A/099/17 establece una serie de disposiciones que deben satisfacerse para que un criterio de oportunidad sea procedente, entre las que se encuentra que Lozoya haya denunciado un delito por una pena superior a la que el enfrenta, que su participación haya sido menor a la de otros, y que la pena para el resto se encuentre agravada.

En síntesis, Lozoya tendría que haber aportado ya información suficiente que permitiera procesar a otros al menos por delitos más graves como delincuencia organizada, lo que no ha ocurrido.

Más evidente aun, destaca TOJIL, es que el artículo 256 del CNPP expresamente prohíbe la aplicación de criterios de oportunidad en los casos que “afectan gravemente el interés público”, siendo el escándalo de corrupción de los sobornos de Odebrecht, que generó daños en el patrimonio de la empresa pública más importante de México, uno de ellos.

“Al tratarse de un caso de gran corrupción, en el que el acusado es un exfuncionario público de alto nivel con nivel, capacidad de mando, así como uno de los evidentes beneficiarios de los graves actos de corrupción, se está invariablemente frente a un caso de interés público, por lo que se surte la excepción prevista por el artículo 256, en el que expresamente se prevé que nos son procedentes los criterios de oportunidad en casos de interés público”, agrega TOJIL.

La 4T no confirma arreglo

El 14 de mayo el abogado defensor, Miguel Ontiveros Alonso, publicó un nuevo comunicado en el que dijo que el gobierno federal a través del Consejo de Administración de Pemex ya había aceptado desde el año pasado el monto de 10 millones y medio de dólares ofrecido por Lozoya.

Sin embargo, hasta el momento ni Pemex ni la UIF han expresado públicamente o ante un juez que ya se haya llegado a un acuerdo con el exfuncionario. Autoridades de la FGR consultadas por este medio indicaron que mientras dichas instituciones no den su aval a una de esas salidas alternas, lo único procedente es llegar al juicio.

La semana pasada el titular de Pemex, Octavio Romero Oropeza, dijo que no se había alcanzado ningún acuerdo respecto al monto con Lozoya, situación que Ontiveros sostiene que no es así pues dicho monto sí fue aprobado.

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