Los servidores públicos desempeñan un papel crucial como guardianes de la administración y los recursos del Estado. Sin embargo, cuando abusan de su poder y cometen actos de corrupción, minan la confianza de los ciudadanos y debilitan la democracia.
En México, el Código Penal Federal aborda estas conductas corruptas y establece sanciones específicas para combatirlas. El artículo 212 de este código define a un servidor público como cualquier individuo que ocupe un cargo, empleo o comisión en la Administración Pública Federal o en entidades relacionadas con la gestión pública. Esto abarca desde empleados en organismos descentralizados, empresas estatales, organizaciones afiliadas, fideicomisos públicos hasta miembros de los poderes Legislativo y Judicial a nivel federal. Además, estas disposiciones se extienden a los Gobernadores de los Estados, a los Diputados de las Legislaturas Locales y a los Magistrados de los Tribunales de Justicia Locales en caso de cometer delitos de corrupción a nivel federal.
En el marco jurídico a nivel federal de la corrupción, se fundamenta en tres principios esenciales en la figura del servidor público: el Principio clasificatorio de igualdad jurídica burocrática, el Principio de aplicatoriedad común y el Principio de localidad.
El Principio clasificatorio de igualdad jurídica burocrática garantiza que todos los servidores públicos, desde aquellos que desempeñan funciones administrativas básicas hasta aquellos que toman decisiones de alto nivel, estén sujetos a la misma normativa. La igualdad ante la ley es fundamental para asegurar que ningún servidor público quede impune.
El Principio de aplicatoriedad común reconoce que la categoría de servidor público se aplica no solo a los empleados de la rama administrativa y ejecutiva, sino también a los servidores públicos en los poderes Legislativo y Judicial a nivel federal. Esto asegura que nadie pueda escapar de la rendición de cuentas en casos de corrupción.
El Principio de localidad se extiende a los niveles estatales, incluyendo a los Gobernadores, Diputados locales y Magistrados de los Tribunales locales, en casos de delitos de corrupción a nivel federal.
Actualmente, tanto la legislación federal como estatal, establece un amplio catálogo de delitos cometidos por servidores públicos.
Uno de los delitos relacionados con la corrupción y el ejercicio indebido del servidor público es el “Ejercicio indebido de servicio público,” tipificado en el artículo 214 del Código Penal Federal. Este delito se configura en diversos casos, como la falta de toma de posesión legítima o el incumplimiento de requisitos para ocupar un cargo, la continuación de funciones después de ser suspendido o destituido, la negligencia que pone en peligro el patrimonio o intereses de una dependencia gubernamental, el abuso de información oficial para beneficio personal, la entrega de información falsa, y la falta de custodia y seguridad de personas, lugares, instalaciones u objetos bajo la responsabilidad del servidor público.
La erradicación de la corrupción no es una tarea exclusiva de un grupo selecto, sino una responsabilidad compartida que debe unir a todos los ciudadanos en pos de un México más justo y transparente. La mera existencia de leyes y sanciones no es suficiente para combatir este delito, se requiere de una aplicación efectiva, una vigilancia constante y la colaboración activa de la sociedad para erradicar este problema en todas sus manifestaciones.
Cita.
La corrupción en el derecho mexicano. Téllez Cuevas, Rodolfo Ius Comitiãlis, 2019, Universidad Autónoma del Estado de México.
Miguel Ángel Mendoza Hernández.
Estudiante de la Licenciatura en Derecho en la Universidad Nacional Autónoma de México.