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“No hay pruebas”: fallo judicial inédito revela errores graves en caso armado con denuncia de Lozoya

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Crédito: @arturoangel20

*Una resolución judicial que hasta ahora se había mantenido oculta advertía desde 2021 de la falta de argumentos en los delitos imputados por FGR. A dos años de distancia, ningún caso ha prosperado.

Por: Arturo Angel

La Fiscalía General de la República (FGR) supo desde 2021 que no tenía las pruebas suficientes para sostener, en tribunales, lo que Emilio Lozoya denunció: que supuestamente había existido una asociación delictiva entre altos exfuncionarios federales para lavar dinero proveniente de Braskem, filial de Odebrecht.

Una resolución judicial que se había mantenido oculta hasta la fecha incluso para la defensa, pero a la que este medio tuvo acceso exclusivo, revela que un juez federal se negó a conceder una orden de aprehensión en contra de uno de los denunciados por Lozoya por los delitos de lavado de dinero y asociación delictuosa. La razón: no había datos de prueba ni argumentos que la sostuvieran.

Se trata de caso del exdirector de Pemex, Carlos Treviño Medina, quien según Lozoya formaba parte de una sociedad delictiva encabezada por el expresidente Enrique Peña Nieto y Luis Videgaray. La FGR compró el argumento, pero el juez Daniel Ramírez Peña concluyó que no tenía sentido jurídico. A la postre el juez giró una orden de arresto, pero por razones distintas.

“La Fiscalía no esgrime un solo argumento lógico – jurídico en torno a la acreditación del hecho con connotación de delito de asociación delictuosa… ni del de operaciones con procedencia ilícita (…) Tampoco se aportan elementos de cómo era la autoría material, como es que él se incorporó a la banda y cuáles son los datos de prueba” se señala en dicha resolución.

El origen del caso data de agosto de 2020 cuando Lozoya, quien buscaban un criterio de oportunidad para librar los cargos en su contra, denunció que un grupo de funcionarios había recibido dinero de Odebrecht y de su filial Braskem a cambio de extenderles contratos. La denuncia se filtró públicamente y el tema se volvió un escándalo. Pero en tribunales la historia no ha prosperado.

En agosto de 2021 la FGR intentó que Treviño Medina fuera procesado por los delitos de asociación delictiva y lavado de dinero. Esto ya que, según los fiscales, Treviño formaba parte de una agrupación delictiva (descrita por Lozoya) en la que también participó el expresidente Enrique Peña Nieto, el exsecretario de Hacienda Luis Videgaray, y diversos legisladores federales como Ernesto cordero, Jorge Luis Lavalle Maury, David Penchyna, Francisco Javier Cabeza de Vaca, y Salvador Vega Casillas

Tras la negativa de Treviño a presentarse a una audiencia inicial en la que advirtió que no había condiciones que garantizaran un proceso justo, el 11 de septiembre de 2021 los fiscales solicitaron al juez Ramírez Peña que girara la orden de captura en su contra por los referidos delitos. Pero el juez… la negó.

Por principio de cuentas, Ramírez Peña estableció que buena parte de la solicitud de los fiscales no era más que un “copy-paste” de la carpeta de investigación que, a su vez, eran los dichos de Lozoya. Todo ello sin argumentar con qué evidencia mínima se había corroborado que dicha asociación hubiera existido.

Si bien en el escrito de la FGR se refería que Treviño, Peña Nieto y compañía se habían asociado ente 2013 y 2014, el juez advirtió que los fiscales “faltaron a su obligación de establecer con qué datos de prueba acredita ese ilícito” pese a que, como autoridad investigadora, era su obligación aportar esos elementos.

No solo eso. En el caso específico de Treviño, el juez notó que no había evidencia que explicara como, supuestamente, dicho funcionario se había unido a una asociación delictiva ni el rol específico que había fungido dentro de ella. Un hecho no menor pues cabe recordar que el contrato de Braskem se había firmado realmente en un sexenio pasado, en fechas que ni siquiera corresponden al periodo en que Treviño fue funcionario de Pemex. Incluso, Treviño tampoco era funcionario de Pemex ni en 2013 ni en 2014.

“Solamente se dice que (Treviño) formó parte de una asociación sin que, como se dijo, estableciera cuándo se formó esa asociación, cuándo se incorporó el imputado a la misma y, se reitera, qué conductas delictivas tenía como propósito dicha agrupación”, advierte el juez en su resolución.

Y del lavado menos…

En cuanto al delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, el juez advirtió que el fiscal responsable, Kristian Jiménez, tampoco aportó “un solo elemento técnico-jurídico” que acreditara que este delito ocurrió.

Ello ya que, por principio de cuentas, en ninguna parte se explicó por qué se consideraba que los recursos obtenidos por Braskem eran ilegales y, por lo tanto, hubiera necesidad de ocultarlos. Tampoco se acreditó como es que Treviño tendría conocimiento de esta situación, aspecto que es necesario para sostener la hipótesis de la fiscalía.

El juez destaca que la FGR alude, a partir de la denuncia de Lozoya, que Treviño recibió dinero en efectivo dentro de un portafolio en una situación de supuesta “clandestinidad”. Un hecho que tampoco tiene nada que ver con la hipótesis de lavado de dinero que se pretendía sostener.

Por si faltara algo más el juez dijo que los argumentos eran incoherentes dado que los fiscales señalaron que el delito se había cometido en un solo momento y de forma instantánea, pero en el escrito se dice que lo recibió por partes entre el 17 y 20 de septiembre de 2014.

Y para rematar el juez dijo que tampoco se acreditaba la necesidad de girar una orden en contra de Treviño dado que, aun cuando la FGR sostuvo que había salido del país, no había verificado si este ya había regresado y por lo tanto no se acreditaba la necesidad de cautela

“Por todos estos motivos se niega la orden de aprehensión solicitada, al no encontrarse satisfechos la totalidad de los requisitos para su emisión”, concluyó el juez.

Crédito: @arturoangel20

El misterioso repliegue

Aunque la FGR pudo haber promovido alguna apelación en contra de la negativa del juez de librar la orden porque los delitos no estaban acreditados, en realidad no lo hizo. En cambio, un día y medio después, el lunes 13 de septiembre, los fiscales volvieron a solicitarle la orden con una sola novedad: un oficio migratorio que indicaba que el exdirector de Pemex no había salido del país y por lo tanto se encontraba “sustraído de la justicia”.

Esta vez Ramírez Peña no hizo mayor pronunciamiento sobre los delitos. En cambio, se limitó a confirmar que era procedente la orden dado que Treviño voluntariamente decidió salir de México. Es decir, sustentó el argumento solo por la necesidad de traerlo a una audiencia inicial pero sin que el tema de la fata de pruebas quedara resuelto.

Además, y como se aprecia en el documento judicial, la orden se libró solo por un delito: el de operaciones con recursos de procedencia ilícita, pues el juez consideró que era el único para el que (a su criterio) tenía conocimiento dado que este se había cometido en Naucalpan.

Hasta al fecha dicha orden no se ha ejecutado. La FGR tampoco apeló le hecho de que el juez concediera la orden solo por un delito y no por los dos por los cuales la había requerido.

Consulta el documento completo:

OA vs TREVIÑO

Nos ocultaron la orden: defensa

Cuestionado por este medio sobre el contenido de la orden de aprehensión y los delitos que el juez consideró como no acreditados, la defensa del exdirector de Pemex Carlos Treviño respondió que desconocen los detalles en torno a la misma.  Y es que aun cuando tramitaron un amparo en contra de dicho mandamiento judicial, su contenido se ha mantenido oculto.

“Nosotros no tenemos conocimiento de ningún detalle del documento porque la jueza Paloma Xiomara González, increíblemente, señaló que la orden de aprehensión no puede ser conocida, ni siquiera por el quejoso, bajo el argumento de que contiene datos sensibles. Jamás me había tocado que en un amparo contra orden de aprehensión se negara el acceso a la misma de manera absoluta. Ahora todo me hace sentido y actuaremos en consecuencia”, respondió el defensor Oscar Zamudio.

En ese contexto el litigante dijo que estudiarán que pasos tomarán tras conocerse esta determinación.

No era la primera vez

Antes del caso de Treviño, la FGR ya había recibido de parte del Poder Judicial señales claras de que sus indagatorias armadas a partir de la denuncia de Lozoya no se sostenían. El antecedente más claro fue el de octubre d 2020 cuando el mismo fiscal responsable de todo este asunto, Kristian Jimenez, intentó infructuosamente obtener una orden de aprehensión en contra de Luis Videgaray por el caso Odebrecht.

El juez que revisó el tema encontró múltiples deficiencias en los escritos presentados por el fiscal, por lo que les pidió que los resolvieran antes de tomar una determinación. Al revisar las observaciones Jiménez se arrepintió y le pidió al juez que tomara por no presentada la solicitud. Desde ese fallo la FGR no lo ha vuelto a intentar hasta la fecha

Actualmente, ninguno de los exfuncionarios denunciados por Lozoya está peso. El único procesado es el exsenador Jorge Luis Lavalle Maury, luego de que se mostraran videos donde auxiliares suyos recibieron dinero en unas maletas. Pero la conexión de ese tema con Odebrecht no se ha comprobado.

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