Por: Arturo Angel
Los abogados de la exsecretaria de estado, Rosario Robles, evidenciaron ayer ante tres magistrados federales fallas e inconsistencias en torno a los argumentos que fiscales y auditores presentaron para intentar revertir la absolución de la exfuncionaria por supuestas omisiones en el caso de la Estafa Maestra.
En en una corta audiencia de presentación de alegatos, que no duró más de 50 minutos, funcionarios de la Fiscalía General de la República (FGR) y de la Auditoría Superior de la Federación presentaron algunas “aclaraciones” para intentar fortalecer sus argumentos del por qué consideran que no debió cerrarse el caso vs la exfuncionaria.
En el caso específico de los auditores pusieron sobre la mesa que su absolución se había dado a partir del análisis de una ley administrativa que consideraron que el juez Roberto paredes Gorostieta había interpretado incorrectamente.
Sin embargo, la defensa encabezada por el abogado Epigmenio Mendieta mostró que esto era falso y para ello refirieron la página 14 de la resolución judicial en la que quedó asentado que el sobreseimiento se dictó a partir de lo establecido en la fracción II del artículo 327, así como en los artículos 328, 329 y 330, todos del Código Nacional de Procedimientos Penales.
Dichos artículos establecen que procede el cierre de un caso cuando una de las partes logre evidenciar que las conductas que se imputan no representan un delito.
En cuanto a los fiscales estos intentaron poner sobre la mesa observaciones relacionadas con la fracción VII del artículo 327 que aborda el sobreseimiento de un proceso cuando se establezca que el delito ha quedado derogado. Desde el punto de vista de los fiscales el juez no procedió correctamente en esta vertiente.
Pero, nuevamente, los abogados mostraron que lo que hecho por el juez en ese apartado no fue en realidad un pronunciamiento particular, sino solo una reiteración de lo que previamente ya había establecido el Tribunal colegiado que determinó amparar a Rosario Robles por irregularidades en su proceso.
¿Qué sigue?
Tras la audiencia realizada ayer, el Primer Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal del Primer Circuito emitirá en aproximadamente tres semanas una determinación respecto a la apelación de la FGR y de la ASF de la resolución del juez en la que se sobreseyó este proceso penal.
En caso de que los magistrados Alberto Torres Villanueva, Manuel Barcena Villanueva y Gabriela Guadalupe Rodríguez Escobar desestimen la referida apelación, el asunto quedará cerrado de forma definitiva.
En entrevista, el abogado Mendieta consideró como altamente probable que el tribunal ratifique la absolución, pues no hay elementos nuevos puestos sobre la mesa para obrar en sentido contrario. Es decir, no se mostraron datos que desvirtúen el hecho de que las presuntas omisiones no son un delito.
“Esperamos la confirmación de la resolución de sobreseimiento dictada por el juez de control, pues su resolución cumple estrictamente con los lineamientos establecidos por el Noveno Tribunal Colegiado (que originalmente amparó a Robles) y los agravios expuestos por la Fiscalía General de la República son consideraciones personales, pero no combate el fondo del asunto”, dijo Epigmenio Mendieta.
Cabe señalar que en mayo pasado un juez federal también canceló una orden de aprehensión que existía en contra de Robles por cargos de lavado y delincuencia organizada, tras considerar que esta se sustentó en una argumentación incompleta y deficiente.
***