
La reciente fuga de Zhi Dong Zhang, también conocido como Brother Wang, ha provocado una fuerte sacudida en el sistema de justicia penal mexicano. Este ciudadano chino, considerado un operador logístico fundamental para los cárteles de Sinaloa y Jalisco Nueva Generación (CJNG), fue detenido en octubre de 2024, acusado de coordinar el tráfico internacional de fentanilo, metanfetaminas y cocaína hacia Estados Unidos, Europa y Asia. Su papel como enlace global entre los mercados de precursores químicos en Asia y los grupos criminales mexicanos lo convirtió en una figura clave dentro del crimen organizado transnacional. Sin embargo, a pesar de la gravedad de los cargos en su contra, Zhi Dong Zhang fue beneficiado con una medida de prisión domiciliaria en México, medida que resultó ser insuficiente para contener su capacidad de fuga.
La noche del 10 al 11 de julio de 2025, Zhi Dong Zhang escapó de su domicilio en la colonia Del Valle, Ciudad de México, lugar donde cumplía la medida cautelar de arresto domiciliario mientras se resolvía su proceso de extradición hacia Estados Unidos. La responsabilidad de su vigilancia recaía en la Guardia Nacional, corporación que aparentemente no detectó ni impidió su salida del inmueble. A raíz de esto, la Fiscalía General de la República (FGR) emitió una alerta de búsqueda a nivel nacional e internacional, mientras que medios de comunicación y analistas jurídicos comenzaron a cuestionar seriamente la decisión del Poder Judicial de concederle este beneficio procesal.
Desde la óptica del derecho penal, el caso expone con claridad varios de los problemas estructurales que enfrenta el sistema mexicano. En primer lugar, la decisión judicial que permitió la prisión domiciliaria a un sujeto con evidentes vínculos con el crimen organizado internacional genera dudas razonables sobre los criterios que se están utilizando para valorar el riesgo de fuga. El Código Nacional de Procedimientos Penales establece en su artículo 155 que la prisión preventiva debe imponerse cuando otras medidas cautelares resulten insuficientes para garantizar la comparecencia del imputado al proceso, proteger a la víctima o a la sociedad, y evitar la obstrucción de la justicia. En el caso de Zhang, cuya red criminal se extiende por varios continentes y cuyas capacidades económicas y logísticas superan las de la mayoría de los acusados comunes, resulta evidente que el riesgo de fuga era altísimo.
Asimismo, la medida cautelar se tomó pese a que el gobierno de Estados Unidos ya había solicitado formalmente su extradición. Zhi Dong Zhang enfrentaba acusaciones por narcotráfico, asociación delictuosa y lavado de dinero en cortes federales estadounidenses, principalmente en el Distrito Este de Nueva York y el Distrito Norte de Georgia. Bajo el principio de doble incriminación, estos delitos también son punibles en México, lo que hacía viable su extradición inmediata. Aun así, el proceso se encontraba en etapa preliminar, sujeto a los ritmos burocráticos del sistema judicial, y sin una prisión preventiva firme que asegurara la presencia del imputado ante la justicia extranjera.
El caso no solo evidencia una falta de rigor en la valoración judicial, sino también una deficiencia operativa en la ejecución de la medida cautelar. La Guardia Nacional tenía el encargo de resguardar físicamente al detenido en su domicilio, sin embargo, su fuga demuestra que no existía una vigilancia efectiva o bien que hubo una posible colusión entre autoridades y el acusado. En cualquiera de los dos escenarios, el resultado es alarmante: una persona con orden de extradición por delitos de alto impacto logró escapar sin oposición, evidenciando la fragilidad institucional del sistema mexicano ante los intereses del crimen organizado.
En un contexto donde el fentanilo ha sido declarado crisis de salud pública tanto en México como en Estados Unidos, la fuga de un personaje como Zhang representa un fracaso no solo del aparato penal, sino también de las relaciones diplomáticas y de cooperación internacional. Estados Unidos ha presionado con insistencia al gobierno mexicano para que detenga y extradite a operadores relevantes en la cadena de suministro de drogas sintéticas. Casos como este debilitan la imagen de México como socio confiable en la lucha contra el narcotráfico, y al mismo tiempo minan la credibilidad del sistema judicial ante la opinión pública nacional.
Desde el punto de vista normativo, el caso obliga a repensar el uso de la prisión domiciliaria en delitos graves. Aunque se reconoce que esta medida puede ser útil en ciertos casos, su uso debe estar restringido y estrictamente fundamentado, especialmente cuando se trata de individuos que tienen acceso a recursos financieros, redes internacionales y personal capacitado para facilitar su fuga. La medida debería estar acompañada de tecnología de monitoreo como brazaletes electrónicos, personal policial capacitado y mecanismos de control que vayan más allá de una simple asignación burocrática de vigilancia.
También resulta necesario que los jueces que otorgan este tipo de beneficios procesales rindan cuentas claras sobre los criterios aplicados. En un país donde la percepción de impunidad es elevada, la transparencia en el razonamiento judicial es clave para fortalecer el Estado de derecho. Si se demuestra que hubo negligencia o falta de motivación suficiente en la decisión de otorgar la prisión domiciliaria a Zhi Dong Zhang, debe considerarse la posibilidad de abrir procedimientos administrativos e incluso penales contra quienes resulten responsables.
Además, es fundamental revisar el sistema de ejecución de medidas cautelares en colaboración con las instituciones de seguridad pública. No basta con emitir una resolución judicial si esta no se ejecuta con profesionalismo y rigor. La Guardia Nacional, en su calidad de encargada de la vigilancia del domicilio, debe responder por las omisiones que permitieron la fuga. Si existió complicidad, la situación es aún más grave, pues implicaría una infiltración del crimen organizado en las filas de las fuerzas de seguridad, fenómeno que ha sido reconocido en otras ocasiones, pero pocas veces sancionado con contundencia.
El caso Zhi Dong Zhang debe servir como punto de inflexión para fortalecer los controles del sistema penal mexicano, especialmente en materia de medidas cautelares y cooperación internacional. No se puede permitir que actores con alto poder criminal escapen impunemente ante la vista de las autoridades. La confianza ciudadana en el sistema de justicia penal depende, entre otras cosas, de que este sea capaz de contener eficazmente a los responsables de delitos de alta peligrosidad y que actúe con firmeza cuando se violan las normas procesales. La impunidad no puede seguir siendo la norma. México necesita recuperar el control sobre sus procesos judiciales, garantizar que las medidas cautelares se apliquen con responsabilidad y profesionalismo, y sobre todo, enviar un mensaje claro: ninguna red criminal, por poderosa que sea, está por encima de la ley.