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TRÁMITES QUE OBSTACULIZAN EL USO RECREATIVO DE LA MARIHUANA Y SU ACTUAL REGULACIÓN JURÍDICA EN MÉXICO.

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Por Diego Maximiliano Galicia Naranjo
Twitter: @DIEGOGA03277931

El 28 de junio de 2021 por vía de una declaratoria general de inconstitucionalidad la Suprema Corte de la Nación “quito” la prohibición del consumo lúdico de la marihuana relacionados a los artículos prohibitivos de la Ley General de Salud. Ha pasado casi un año desde tan histórico precedente y más de dos años que en México se observó debates importantes al respecto. Sin embargo, respecto a los permisos y la regulación de la materia, México se encuentra en un estado confuso, sigue penalizado en el Código Penal y todavía no existe una regulación para el consumo recreativo; a la fecha únicamente en 2021 se publicó un reglamento para la venta y distribución de marihuana medicinal.

Aunque los avances hechos son importantes, no son suficiente esfuerzo para que a través de las múltiples trabas de la burocracia no vulneren el libre desarrollo de la personalidad.

A pesar de los esfuerzos bastante claros de la Suprema Corte de Justicia para emitir precedentes y fallos lo suficientemente amplios que dan a entender como la prohibición del autoconsumo recreativo de la marihuana vulnera el derecho al libre desarrollo de la personalidad, cada vez existen más trámites que obstaculizan el uso recreativo.

Teóricamente basta con hacer una solicitud ante la Comisión Federal de Riesgos Sanitarios acreditando ser mexicano, mayor de edad para poder obtener tu permiso. Empero, derivado de la emisión de jurisprudencias del consumo de marihuana, Cofepris se ha visto envuelta en diversas solicitudes para su consumo a las que no dan respuesta o simplemente se abstienen con una negativa realmente no fundada.

Asimismo, derivado de la incapacidad del poder legislativo para emitir una norma eficaz, real y aplicable dentro del ámbito del consumo y de la regulación de la misma, apuntó el Senado que “Las iniciativas coinciden en la necesidad de trascender de una regulación prohibicionista, a una regulación con enfoque en los derechos humanos, en la salud pública, en el desarrollo sostenible y en la paz y seguridad» aunque por el momento no se ha emitido ninguna.

Mientras tanto, Cofepris ha ido imponiendo diversos filtros para la tramitación de los permisos; en principio únicamente se debía solicitar por parte personal la solicitud de consumo ante la Institución, como ya se ha mencionado; luego, empezaron a obligarlos por medio de amparo, a otorgar los multicitados permisos. Nuevamente, Cofepris empezaba a responder que la institucionalidad no estaba faltando al deber de constitucionalidad toda vez que no estaba resolviendo por los artículos ya declarados inconstitucionales de la Ley General de Salud (artículo 235 y otros) a pesar de que sí los estaba aplicando de manera indirecta o tácita.

Lo anterior es meramente una acción que permite engañar a las personas para que no pueda proceder el amparo; finalmente, la “respuesta” se encontraba en que, una vez que Cofepris hubiese emitido una negativa a tu solicitud, la única manera viable es una denuncia de declaratoria de inconstitucionalidad; que aunque la autoridad responsable aceptará el error de la Institución, el tiempo invertido y el tiempo en el que finalmente tardan en emitir el permiso real ?una vez que ya hay sentencia firme a tu favor? sobrepasa los diez días hábiles.

No sobra señalar que para entregar el escrito inicial debes hacer cita en la página de Cofepris por medio de tu e-firma (por lo que, si no cuentas con ella, es otro trámite que debes de agregar) y de igual manera, aunque cuentes con ella, esto no garantiza la disponibilidad de una cita.

En este sentido, para cualquiera de los trámites, ya sea el escrito inicial de solicitud ?que no omito decir, tardan más de 15 días hábiles en responder para que, de oficio sea una negativa? los tiempos que lleva un amparo o denuncia por declaratoria general de inconstitucionalidad, todo el proceso lleva más de año y medio.

En conclusión, la política no se debe disfrazar de la voluntariedad de “querer” hacer las cosas y no hacerlas. Es decir, los procesos deben ser más rápidos y eficaces, realmente promover un proyecto de ley para regular la materia de cannabis para uso recreativo y agilizar los trámites necesarios para obtener un permiso.