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Ataques con ácido no son sólo lesiones

Por Karla Mora

Hace unos días platiqué con Carmen Sánchez sobre el ataque que sufrió en 2014 por parte de su expareja, quien le arrojó ácido con total intención¡. Tiene las marcas en su cara, brazos y cuello.

En ese momento, las lesiones provocadas por el ácido en su cuerpo fueron consideradas como “no graves”, porque las autoridades consideraron que no pusieron en riesgo su vida y, bajo esa lógica, su agresor no requirió una pena más allá de la letra.

Entonces, ¿quién le reparó el daño?, el de no recibir la atención médica adecuada, porque en el hospital Magdalena de las Salinas, la falta de preparación del personal provocó que las quemaduras se expandieran; el de que su caso quedó minimizado y perdido entre expedientes de “lesiones no graves”, cuando es, a todas luces, un ataque en razón de género.

Ella cada vez que habla del ataque no duda en decir que debió considerársele como de riesgo feminicida. Antes del caso de Carmen, ocurrió el de Elisa Xolalpa, atacada con ácido en 2001 también por su expareja, el seguimiento tuvo un perfil similar: fue clasificado como violencia familiar, aunque en este caso podría justificarse el desconocimiento, porque el delito de feminicidio (y conductas entendidas alrededor de éste) no fue tipificado hasta 2011.

En las diversas formas evidentes de violencia contra la mujer, los ataques con ácido son cada vez más frecuentes, el más reciente y mediático fue el de María Elena, saxofonista de Oaxaca. Pese al daño permanente de las víctimas y a las denuncias existentes, a la fecha no hay ninguna persona sentenciada por este delito tipificado en nueve estados y la CDMX.

Si bien, el derecho penal tiene la obligación de regular el poder punitivo, para evitar que el Estado se exceda en este ejercicio, también es cierto que, según el Código Penal Federal, debe existir la reparación del daño a las víctimas, el cual debe “ser integral, adecuada, eficaz, efectiva, proporcional a la gravedad del daño causado y a la afectación sufrida”. Es así como las víctimas de ataques con ácido se sienten completamente desprotegidas de un marco jurídico que existe a medias.

A nivel nacional no hay estadísticas oficiales, la fundación “Carmen Sánchez” tiene un conteo de 25, cifra que, aunque podría ser mínima, es un preludio de lo que pasó con Colombia, país que comenzó con ataques esporádicos y que, actualmente, tiene un promedio de 100 casos al año.

Y es que la reparación del daño no habla solamente de ver a una persona en la cárcel, habla de un reconocimiento a las víctimas, de atención médica y psicológica adecuada o ¿es que las mujeres que vieron su piel derretida por sustancias químicas deben esperar a que el país esté a los niveles de Colombia para su visibilización?.