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La impunidad a Cuauhtémoc Blanco le traerá responsabilidad internacional a México

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El pasado 25 de marzo la Cámara de Diputados aprobó confirmar la decisión de la sección instructora de su cámara para negar el desafuero del diputado morenista Cuauhtémoc Blanco, quien es imputado por la Fiscalía de Morelos por violación en grado de tentativa.

Lo anterior representó una violación grave a los Derechos Humanos de las víctimas y encamina a México a una condena internacional por violar obligaciones internacionales, que incluso le han sido delimitadas al Estado en diversas sentencias de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos; específicamente es aplicable el Caso Rosendo Cantú vs. México.

El caso estuvo lleno de irregularidades desde un principio, pues tocó la dictaminación a Hugo Eric Flores, un pastor protestante que ha intentado dos veces colocar a un partido de extrema derecha, como el PES, en la escena política de la mano de MORENA. De hecho, fue por medio del Partido Encuentro Social que Cuauhtémoc Blanco llegó a la gubernatura de Morelos, donde hubo un distanciamiento con el líder por presuntamente haberle exigido al gobierno estatal millones de pesos para sostener al partido en la entidad. Tras múltiples acusaciones recíprocas, estos personajes regresaron a su alianza previa para evitar el desafuero.

En este contexto, la sección instructora determinó que no se emitiría la declaración de procedencia en contra de Blanco, pues según su criterio, no estaba bien integrada la Carpeta de Investigación. Esto fue confirmado por el pleno de la Cámara de Diputados con 291 votos de MORENA, PRI y PVEM.

Además de la cuestión jurídica se vio un espectáculo inimaginable, donde una persona acusada de agresión sexual subió a la tribuna a revictimizar a la víctima acompañada de unas decenas de diputadas morenistas que gritaban: “No estás solo”. Es decir, en el país de los 11 feminicidios diarios, las mujeres poderosas le gritan a un agresor que cuenta con todo el aparato del Estado a su favor, que no tenga miedo de una mujer que exige justicia. La verdad no me imagino nada más impensable.

Lo anterior es relevante porque la práctica de violentar a las víctimas del delito se ha vuelto tan sistemática que ahora se ejerce desde la principal tribuna de la que han llamado “la casa del pueblo”. Además, se da en el contexto de una reforma judicial que no contempló ni una sola reforma a las fiscalías, ni a los demás órganos del poder que garantizan la impunidad, como son los políticos. Por menos argumentos en apenas seis meses el partido en el poder desmanteló todas las instituciones que evitaban la concentración del poder, parece ser que solo para poder centralizar impunidad.

En México, la mayor parte de las víctimas no denuncia los delitos porque considera que no habrá justicia.[1] De todos los delitos que se presentan a las fiscalías apenas unos casos se judicializan[2] y muy pocos llegan a sentencia, sobre todo cuando se trata de delitos contra las mujeres. Ello sin duda ha sido fundamental para consagrar a México como el segundo país con más feminicidios en América Latina[3], pues esta forma de violencia extrema no aparece de la nada, sino como la culminación de un recorrido de violencias estructurales orquestadas y protegidas por el Estado.

El caso de Cuauhtémoc Blanco es emblemático, pero no único, pues en México el índice de impunidad es de casi 94%, estando la principal responsabilidad en las fiscalías. Este caso llama particularmente la atención porque implicó para un solo agresor la protección de todo el poder del Estado.

Ante ello, conviene recordar que sobre México pesan múltiples sentencias condenatorias por violar derechos de las mujeres, siendo emblemático el caso de Valentina Rosendo Cantú, quien siendo menor de edad fue violada por militares en el estado de Guerrero. Con una serie de irregularidades, el Estado negó los hechos, sobre todo por “falta de pruebas”, por lo que la sentencia de la Corte Interamericana determinó violaciones a los derechos humanos.

Entre lo fundamental estuvo la ausencia de una investigación real:

El deber de investigar es una obligación de medios, y no de resultado. Sin embargo, debe ser asumida por el Estado como un deber jurídico propio y no como una simple formalidad condenada de antemano a ser infructuosa, o como una mera gestión de intereses particulares, que dependa de la iniciativa procesal de las víctimas o de sus familiares o de la aportación privada de elementos probatorios. A la luz de ese deber, una vez que las autoridades estatales tengan conocimiento del hecho, deben iniciar ex officio y sin dilación, una investigación seria, imparcial y efectiva. Esta investigación debe ser realizada por todos los medios legales disponibles, y orientada a la determinación de la verdad.[4]

Sobre el caso de Blanco, puede evidenciarse la negativa del Estado a permitir siquiera la investigación. Cabe recordar que el llamado desafuero, realmente se llama “Declaración de procedencia” y es el acto que determina que ciertas personas funcionarias públicas pueden ser procesadas penalmente.

En sus orígenes surgió como una defensa de la actividad legislativa después de que Victoriano Huerta torturara y asesinara al senador Belisario Domínguez por criticar su gobierno. Sin embargo, se ha usado como una carta política que da el permiso para la comisión de delitos sin consecuencias jurídicas. Sin embargo, más allá de eso, se ha convertido en un medio para impedirle justicia a las víctimas, máxime cuando se les acusa por hechos cometidos antes de asumir la función legislativa.

La Cámara no tiene facultades, ni mucho menos aptitud, para determinar si una carpeta de investigación está o no bien integrada; su actividad es declarativa para impedir que medien cuestiones de persecución política. Sin embargo, en hechos que involucren mujeres y sobre todo, en delitos sexuales, no puede ser un estorbo para que las instancias competentes investiguen. Más allá de la sentencia que obliga a México a investigar cualquier posible violación a los derechos humanos, la Constitución establece en el artículo 1 el deber de todas las autoridades para investigar las violaciones a los derechos humanos.

Comúnmente el Congreso de la Unión se ha pensado inmune a sus obligaciones constitucionales. Cuando la Constitución dice “Todas las autoridades”, jamás menciona que el legislativo no sea una de ellas. En un extraño afán sobre constitucional se han sentido con el poder de actuar al margen de la constitución solo porque se les facultó a reformarla. Tal vez convenga recordarle a las diputadas que acuerparon al agresor, que ellas no pueden contravenir la disposición de respetar, proteger y promover los derechos humanos y menos estorbar en la obligación de investigar, sancionar y reparar sus violaciones.

La sentencia interamericana le dijo a México que:

Ante un acto de violencia contra una mujer, resulta particularmente importante que las autoridades a cargo de la investigación la lleven adelante con determinación y eficacia, teniendo en cuenta el deber de la sociedad de rechazar la violencia contra las mujeres y las obligaciones del Estado de erradicarla y de brindar confianza a las víctimas en las instituciones estatales para su protección.[5]

Tal vez la Cámara de Diputados pensó que por su naturaleza política podía desacatar también la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que establece las obligaciones para todas las autoridades de debida diligencia y perspectiva de género, que implican realizar todos los esfuerzos necesarios y sin dilación, de investigar de forma adecuada no solo para sancionar, sino para esclarecer los hechos y reparar el daño.

Uno de los aportes más importantes de la sentencia Rosendo Cantú, fue que el Estado invalidó la declaración de la víctima y la corte la reivindicó. En este caso, e le recordó a México la importancia de la declaración de una víctima de abuso sexual y le recordó que la carga de la prueba corresponde al Estado, no a ella.

Esto es relevante, porque la parte más grave fue cuando el presidente de la Cámara Sergio Gutiérrez Luna, un macho más, le permitió al señalado, subir a la tribuna a arremeter contra la víctima entre los aplausos de las mujeres morenistas. Entre sus agresiones, estuvo el típico “¿por qué tardó tanto en denunciar?” Esta es una frase de cajón que usan los agresores para desacreditar a las víctimas, ignorando el proceso interno que conlleva la afectación por un abuso sexual.

México ya lo hizo antes, pues pretendió desacreditar la violación de Valentina Rosendo con esa misma frase. Al respecto, la corte tuvo que recordarle al Estado

El hecho de que no indicara  que había sido violada en las dos primeras consultas médicas debe ser contextualizado en las circunstancias propias del caso y de la víctima. En primer lugar, las agresiones sexuales corresponden a un tipo de delito que la víctima no suele denunciar. Es en base a esto que, a criterio del Tribunal, el haber respondido que no había sido violada cuando fue preguntada por el primer médico y el no haber indicado la violación sexual por parte de militares en la siguiente visita médica, no desacredita sus declaraciones sobre la existencia de la violación sexual.[6]

Subir a un agresor a la máxima tribuna del país a violentar a una mujer víctima es un acto propio del terrorismo de Estado, por lo que es una violación a los derechos humanos por sí mismo. Tanto Blanco como las mujeres que lo aplaudieron cometieron una violación al usar su investidura de servidores públicos contra una ciudadana con carácter de víctima de un delito. Ello para nada implica un acto de la labor legislativa y debiera sancionarse, cosa que sin duda no sucederá por el contexto propio de absoluta impunidad.

Con estos elementos, debe entenderse que el Estado mexicano en su conjunto es responsable de violaciones a los derechos humanos. Debe recordarse que la Corte Interamericana ha establecido que los órganos de un Estado no se pueden disociar y son responsables en su conjunto. Si políticamente se reparen culpas para salvar su imagen pública, no es importante cuando se juzga internacionalmente a un Estado por un comprotamiento sistemático de violación a los derechos humanos.

Sobre las diputadas que están encubriendo al agresor, no queda más que recordar que el sistema patriarcal aliena a ciertas mujeres para reproducir los comportamientos machistas. Ninguna opresión es posible sin oprimidos sirviendo a opresores. Aunque de hecho, lo suecdido en la cámara no es solo la negativa a romper el pacto, fue un acto redondo de misoginia estatal, lo que según la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia es “Violencia institucional.” Sobre los diputados, no existe ninguna sorpresa en un país construido estructuralemente sobre el andamiaje del machismo y la misoginia.

Finalmente, debe verse este hecho como moral y políticamente intolerable, pues el partido gobernante tiene en sus manos un poder sin precedentes, controla todos los órganos del Estado y no tiene ya ningún obstáculo para decidir de forma absoluta. Si todo ese poder lo va a usar nada más para encubrir a quienes entre sus filas violan los derechos, es un gobierno ilegítimo por sí mismo.

Lamentablemente, el Congreso en su conjunto ha pensado que su naturaleza política le permite violar todos los ordenamientos jurídicos con el pretexto de no poder ser procesados. Los avances jurídicos de las últimas décadas que concibieron al Derecho como un medio de control del poder público, fueron sepultados en una pomposa ceremonia en San Lázaro, para regresar a la concepción que ve al Derecho como el sistema que legitima el monopolio de la violencia estatal.

Carlos Alberto Vergara Hernández. Licenciatura y maestría, Facultad de Derecho, UNAM. Profesor en la misma Facultad de las materias Control de Convencionalidad y Jurisprudencia y Filosofía del Derecho. Activista, conferencista y capacitador político en derechos humanos y derechos de personas en situación de vulnerabilidad.

Contacto: cvergarah@derecho.unam.mx

[1] Según la ONU, apenas el 20-30 % acude a los servicios de justicia. CEPAL, Al menos 11 mujeres son víctimas de feminicidio cada día en América Latina y el Caribe, [en línea] https://www.cepal.org/es/comunicados/al-menos-11-mujeres-son-victimas-feminicidio-cada-dia-america-latina-caribe#:~:text=Entre%20los%20países%20con%20mayores,(0%2C5%20casos).

[2] Se judicializan el 4% de los casos. ZEDRYK, RazielSolo, “Solo el 4% de las investigaciones de la Fiscalía avanza en los tribunales”, El País, [en línea] https://elpais.com/mexico/2023-10-11/solo-el-4-de-las-investigaciones-de-la-fiscalia-avanza-en-los-tribunales.html#:~:text=El%20estudio%20indica%20que%2C%20de,año%20anterior%2C%20señala%20el%20estudio.

[3] Solo por detrás de Brasil que tiene casi el doble de población.

[4] CORTE INTERAMERICANA DE LOS DERECHOS HUMANOS, Caso Rosendo Cantú vs México, párrafo 13, [en línea] https://www.corteidh.or.cr/docs/supervisiones/rosendo_12_03_20.pdf.

[5] CORTE INTERAMERICANA DE LOS DERECHOS HUMANOS, Caso Rosendo Cantú vs México, op. cit. párrafo 211.

[6]Ibid. párrafo 95.

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