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El perfil que deberían cubrir los postulantes a ser Mandos Policiales

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Actualmente, gracias a las Reformas Constitucionales del año 2008, en materia de seguridad pública y justicia penal, que entre la creación de otras disposiciones jurídicas, dieron pie a la creación del contenido del: “Programa Rector de Profesionalización”, [1] del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a través del Sistema Nacional de Seguridad Pública, que cambiará definitivamente la profesionalización, que se instrumente a través de diversas academias e institutos de profesionalización del país, auxiliados por las directrices, lineamientos, programas, actividades y contenidos mínimos de profesionalización, que derivan del contenido de dicho instrumento, estableciendo así la concomitantemente la obligación de la actualización para todos los operadores técnicos del sistema de procuración de justicia y de seguridad pública, tanto por la preparación académica, como en la necesaria actualización de los servidores públicos, ya que los cursos que hasta este momento, se encuentran cimentados en el sistema educativo tradicional, los que cambiarán paulatinamente, hacia el derrotero de ésta, por las denominadas competencias profesionales.

Por lo que, el Programa rector, puede conceptualizarse, como el:

“Conjunto de contenidos encaminados a la profesionalización de los servidores públicos de las instituciones policiales e instituciones de procuración de justicia”, según lo refiere el artículo 5, fracción XII, Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. [2]

Se debe recordar, que uno de los retos centrales en la transformación de las instituciones policiales, de procuración de justicia y del sistema penitenciario, consiste en el desarrollo de programas de profesionalización para capacitar y preparar a los mandos. Ello se hace aún más evidente cuando, en la operación, las corporaciones funcionan bajo esquemas de mando único coordinado.

Por lo que, el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, realizó lo que denominó, como el: “Levantamiento de Información 2021”, que se refería a la necesidad de realizar una actualización del Programa Rector de Profesionalización (2017), [3]  por lo que, dicho Programa, en su Capítulo IV. Denominado: Objetivos, estrategias y líneas de acción,[4] en su Objetivo 2, que refiere: Establecer los mecanismos para fortalecer la formación de mandos de las instituciones policiales, de procuración de justicia y del sistema penitenciario.  Derivado de esto, la estrategia 2.2., enuncia que se debe: Desarrollar un Programa de Formación y Capacitación para Mandos Policiales, de Procuración de Justicia y Sistema Penitenciario de acuerdo con el nivel, perfil y funciones de sus elementos. [5].

Por ello, se hace aún más evidente por la necesidad de contar con un modelo de coordinación y operación que el Gobierno de la República, que impulse un sistema de capacitación que desarrolle en los mandos las habilidades gerenciales y de liderazgo para el adecuado cumplimiento de sus funciones. Aunque, si es bien cierto, en el ámbito federal ya se realizan acciones de capacitación mediante el fondo y los subsidios federales, éstas corresponden a la escala básica, pero no están orientadas a la formación de mandos.

En la II Sesión Extraordinaria del Consejo Nacional de Seguridad Pública (CNSP), celebrada el 17 de diciembre de 2012, mediante el Acuerdo 08/II-SE/2012, se instruyó a los integrantes del Consejo a definir un Plan Nacional de Capacitación, así como a establecer un Consejo Académico, que fungiera como instancia rectora y que, de manera integral, coordinara los esfuerzos en materia de formación de mandos. En el mismo sentido, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, que es la reglamentaria del Artículo 21 Constitucional,[6]  faculta en su Artículo 18 en su fracción lll,[7]  al Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública para formular propuestas para el Programa Rector de Profesionalización. Por lo que, el Artículo 48, en su fracción I, [8]  de dicho Programa, hace referencia a los contenidos básicos de los programas para la formación, capacitación y profesionalización de los mandos de las instituciones policiales para desarrollar las habilidades, destrezas y conocimientos necesarios para el desempeño integral de sus funciones en beneficio de la sociedad.

Por lo que, conforme a los Principios Rectores, [9]  que enuncia y sostiene actualmente el Programa de mérito, constituyen el marco de profesionalización de las y los integrantes de las Instituciones de Seguridad Pública, así como de Procuración de Justicia y del Sistema Penitenciario en la República Mexicana, por lo que, de manera particular en el punto, que se refieren de manera particular a lo siguiente:

Profesionalización, que debe ser entendido, como el  proceso permanente (por lo menos cada seis meses deben recibir un curso de actualización y/o especialización),  y progresivo de formación de todos los niveles de la policía, para desarrollar de manera adecuada al máximo las competencias, capacidades y habilidades de los integrantes de las Instituciones policiales;

Interdisciplinariedad, que se refiere a estudio de forma integral de los métodos, técnicas, tecnología cibernética, normas y lenguajes de diversas ciencias multidisciplinarias;

Integralidad, que se refiere al proceso de los integrantes de las Instituciones de Seguridad Pública, en los aspectos físicos, éticos, cognitivos y actitudinales, que brinden la posibilidad de que el aprendizaje impacte significativamente en el individuo y en la población en general; finalmente, el:

Principio de Vigencia, el cual, como su nombre lo indica, debe estar acorde a la normatividad jurídica positiva aplicable, ya que los integrantes de las instituciones de Seguridad Pública, deben  responder oportunamente a las necesidades sociales por lo que, los contenidos de la normatividad, deben de ser actualizados de manera permanente.

En la Actualización del Programa Rector de Profesionalización en mención, enuncia nítidamente y puntualmente en el Capítulo 5, denominado: “Mallas curriculares”, cuales son los objetivos de formación, perfiles tanto de ingreso, como de egreso y las mallas curriculares para los perfiles deseados de la policía de proximidad, policía de investigación, servicio de protección federal, policía bancaria e industrial o intramuros, incluyendo a los elementos de la Guardia Nacional, buscando en todo momento, que todos estos perfiles, se adapten perfectamente a los requerimientos particulares de su función.

Empero, dicho Programa, ha sido omiso, al no manifestar una malla curricular en particular, para contar con los mejores perfiles en la formación de Mandos, en cualquiera de sus niveles, para la policía en general.

Tomando como base lo referido por el propio Programa Rector y su actualización, se debe una tener una selección de los mandos de la policía de forma adecuada, basado en un enfoque por Competencias Profesionales, [10]  que se refieren al grado de aplicación de conocimientos, aptitudes, y razonamientos asociados con la profesión y en todas las situaciones, que se pueden enfrentar en el ejercicio de la práctica profesional.

Las cuales se dividen en dos tipos de competencias profesionales que son:

  1. Técnicas, que se refieren a aquel que domina como experto las tareas y contenidos de su ámbito de trabajo, con conocimientos y destrezas necesarias para ello.
  2. Metodológica: que se refiere al que posee esta competencia, que es aquel que sepa reaccionar adecuadamente aplicando el procedimiento necesario a las tareas encomendadas, así como a las irregularidades que se presenten, que se encuentran de forma independiente en vías de solución y en las que transfiere adecuadamente las experiencias adquiridas a otros problemas laborales.

Por lo que, conforme a lo expuesto con antelación, se realiza la siguiente propuesta para los aspirantes a ser mandos policiales, los que deben tener:

  • Competencias Técnicas, que se refieren, a aquellas que debe dominar como expertos en las funciones y atribuciones en el ámbito de su funciones, contando con los conocimientos mínimos necesarios.

Por lo que en este punto, se debe ser puntual, al solicitar al candidato a mando de la policía, lo siguiente:

  1. Debe presentar cuales han sido sus últimos cursos de actualización, siempre que éstos, sean acordes a su función de manera particular, y que no sean mayores a cinco años de anterioridad;
  2. Que acredite si ha realizado alguna actividad académica, como pueden ser conferencias, platicas, simposios, etc., las que en su caso, deberá demostrar plenamente;
  3. Debe presentar su último grado de estudios, el que debe ser de nivel Licenciatura o en su caso, si está cursando éste grado, por lo que en este caso, se debe comprometer por escrito, a presentar periódicamente las calificaciones aprobatorias obtenidas (con un promedio superiores a ocho de calificación), así como los avances académicos que vaya teniendo, en la institución educativa correspondiente;
  4. Debe acreditar, sí en su caso, sí cuenta con alguna certificación;
  5. Acreditar si ha realizado alguna publicación, aportando lo datos exactos donde realizo la misma;
  6. Presentar las constancias originales que haya tenido a lo largo de su vida profesional, respecto a los cursos que haya recibido, sobre temas de Género, Derechos Humanos, Tratados Internacionales, Marco legal de la policía, Delitos en particular, Proceso penal acusatorio adversarial;
  7. En su caso, tiene que presentar los comprobantes de los cursos sobre el área especializada, donde está prestando sus servicios.
  • Competencia relacionada con sus destrezas, en el adecuado desarrollo de sus funciones.

En este punto, el aspirante a mando policial, debe saber reaccionar aplicando el procedimiento adecuado, en diversas tareas fácticas, como:

  1. Saber trabajar en equipo como lider, teniendo en todo momento empatía en el desarrollo de sus funciones, con sus compañeros y futuros subordinados;
  2. Tener conocimientos solidos sobre el uso adecuado de la fuerza, basados en conocimientos actualizados, experiencia y cursos al respecto;
  3. Tener la capacidad de resolver diversos conflictos, basado en la aplicación de vías de solución alterna al mismo;
  4. Tener conocimientos y experiencia sobre la utilización de la policía de proximidad;
  5. Tener conocimientos y experiencias sobre el tema del aprendizaje significativo, que se refiere a saber unir la información nueva, con la ya existente, para dar soluciones significativas a los problemas, que se presentes en sus futuras funciones.
  6. Tener conocimiento de la utilidad que brindan los protocolos en su correcta aplicación
  7. Tener conocimientos y experiencia sobre el tema de inteligencia policial.
  • Competencia relacionada con sus aptitudes. Al respecto al aspirante a ser un mando policial, debe acreditar, lo siguiente:
  1. Que no haya tenido sanciones administrativas y/o penales;
  2. Que sea reconocido en sus funciones así como por sus compañeros, por su conducción en probidad moral;
  3. Contar con la prudencia necesaria, para que en el momento de desarrollar una actividad, pueda y deba pensar, el analizar las distintas situaciones o acontecimientos que puedan generar un escenario de riesgo, contra de un grupo de personas garantizando su seguridad física y patrimonial;
  4. Otorgar el mismo trato, a la población en general, realizado de manera objetiva y neutral el desarrollo de sus funciones, sin que puedan influir atributos físicos o socioeconómicos de la población, así como algún tipo intereses personales o privilegios, garantizando plenamente la equidad, la igualdad y la objetividad, con la finalidad de mantener, preservar y proteger el orden público.

Todo lo anterior, va a ser corroborado amplia y plenamente, cuando al aspirante a ser mando policial, por un grupo de especialistas de diversas áreas, se le realice:

  1. Una entrevista personal con un psicólogo;
  2. Una entrevista por trabajadores sociales, en su último centro de trabajo, respecto al comportamiento que ha tenido con sus compañeros, superiores y,
  3. Una entrevista en su domicilio particular, para recabar la opinión de vecinos, y así poder conocer objetivamente la impresión de la conducta que tiene cotidianamente dicho aspirante, en su comunidad más proxima.

Se deberá garantizar plenamente que todo el anterior procedimiento, se realizará con absoluta objetividad, actuando en todo momento de manera neutral e imparcial, así como en la toma de decisiones, los resultados serán informadas en estricto apego a las leyes, reglamentos y demás disposiciones normativas aplicables, respetando el principio de igualdad de oportunidades de todos los participantes.

Para que finalmente, los que resulten ser seleccionados en el procedimiento de referencia, deberán:

  1. Actuar conforme a su responsabilidad sustantiva,
  2. Con la celeridad necesaria,
  3. Con probada honestidad y,
  4. Con el profesionalismo adecuado.

Conduciéndose con rectitud en todo momento en el ejercicio de la función pública, sin utilizar su cargo para pretender obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros, ni buscar o aceptar ningún tipo de compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de cualquier naturaleza, de cualquier persona física o moral, para sí, para sus familiares directos o cualquier persona que actúe con concupensia del servidor público, en el desempeño de sus nuevas funciones y atribuciones, ya que éste, deberá responder al interés público, generando así certeza, así como la plena confianza en su conducta frente a la sociedad, observando en todo momento su vocación de servicio, con disciplina, integridad y respeto a los derechos humanos, garantizando la transparencia y  oportuna rendición de cuentas.

Preámbulo           

De acuerdo con las Reformas Constitucionales 2008, en materia de seguridad pública y justicia penal, las que dieron pie a la creación del: “Programa Rector de Profesionalización”, [11] del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a través del Sistema Nacional de Seguridad Pública, que pretende cambiar la profesionalización, así como la preparación académica, necesaria para la actualización de los servidores públicos de procuración de justicia, particularmente la policía en los tres órdenes de gobierno, aunque cabe destacar que los cursos que hasta este momento se encuentran cimentados en el sistema educativo tradicional, cambiarán paulatinamente, hacia el derrotero de las denominadas competencias profesionales.

Dicho el Programa Rector, enfrenta diversos retos en la transformación de las instituciones policiales, de procuración de justicia y del sistema penitenciario, sin embargo, en algo que ha sido omiso dicho instrumento jurídico, es no manifestar enfáticamente una malla curricular en particular, para los perfiles que se deberían cubrir adecuadamente en la formación de los mandos policiales, en cualquiera de sus niveles.

[1] Actualización del Programa Rector de Profesionalización de las Instituciones de Procuración de Justicia”. Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. 1.8 Necesidades de capacitación. México. 2023. p. 11.

[2] Presentación del Programa Rector de Profesionalización. Antecedentes. Vigente. México 2017. p. 24.

[3] “Programa Rector de Profesionalización de las Instituciones de Procuración de Justicia”. Capítulo IV. Objetivos, estrategias y líneas de acción. México. 2017. p. 39

[4] Ibídem. p. 41

[5] Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Vigente. Título Primero. Disposiciones preliminares. Artículo1

[6] Ídem. Título Primero. Disposiciones preliminares. Capítulo III, Del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública

[7] Ídem.

[8] Artículo 48.- En materia de planes y programas de Profesionalización para las Instituciones Policiales, la Secretaría tendrá la facultad de proponer a las Instancias de Coordinación de esta ley lo siguiente: Fracción l. Los contenidos básicos de los programas para la formación, capacitación y profesionalización de los mandos de las Instituciones policiales. Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Vigente

[9] “Programa Rector de Profesionalización de las Instituciones de Procuración de Justicia”. Capítulo IV. Objetivos, estrategias y líneas de acción. México. 2017. p.12

[10] Actualización del Programa Rector de Profesionalización de las Instituciones de Procuración de Justicia. Competencias Profesionales. México. 2023. p. 32

[11] Actualización del Programa Rector de Profesionalización de las Instituciones de Procuración de Justicia”. Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. 1.8 Necesidades de capacitación. México. 2023. p. 11.

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