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VÍCTIMAS, VIOLENCIA Y PAZ

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Por Jonatan Pérez Chávez

En los tiempos violentos que vive el país, es menester regresar a los clásicos, en su ensayo “Para una crítica de la Violencia [1]”; Walter Benjamín manifestaba que la violencia como medio es siempre, o bien fundadora de derecho o conservadora de derecho. En caso de no reivindicar alguno de estos dos predicados, renuncia a toda validez, de ello se desprende que, en el mejor de los casos, toda violencia empleada como medio participa en la problemática del derecho en general.

Continúa diciendo que existen medios legales e ilegales de toda índole, todos siempre violentos, es lícito por lo tanto oponer, como puros, los medios no violentos.

La instrumentación de valores como la delicadeza, simpatía, amor a la paz, confianza son los elementos subjetivos de la sociedad que requiere la construcción de la paz; pero su manifestación objetiva se halla determinada por la ley que establece que los medios puros no son nunca medios de solución inmediata, sino siempre de soluciones mediatas.

La ley y el estado de derecho establecen límites frente al adversario de la paz, al generador de violencia, no permiten la destrucción (derecho penal del enemigo); por el contrario, se reconocen al vencido ciertos derechos, se le reconoce al criminal y su función reguladora en la sociedad, su condición de ambivalencia [2], ejemplificativa y legitimadora de la violencia estatal.

A su vez, el otro vencido, la víctima, es sacrificada porque es sagrada, de lo contrario no fuese sacrificada, al comprender esta estructura mimética, cargada de violencia, que se encuentra presente en todos los hombres, y que tarde o temprano conduce a la violencia general, lleva la violencia de todos contra todos, a la violencia de todos contra uno, es el odio del otro contra uno, y el uno contra el otro, la sociedad se contamina, y algunos individuos van a abandonar su antagonismo personal para elegir el del vecino [3]

Esa es la función del chivo expiatorio cuya concentración, va a reducir progresivamente en número y a aumentar la carga simbólica, trayendo paz, sin embargo, esta paz no es atribuida a la capacidad de la comunidad, sino al mismo chivo expiatorio. La víctima que fue sagrada emerge con la idea de que éste puede destruir la comunidad y de ahora en adelante, puede reconstruirla.

Por otro lado, la paz no solamente se refiere a la ausencia de conflictos, es un prerrequisito para el ejercicio de los derechos humanos.

Tiene que ver con la separación, reducción y/o evitación de todo tipo de violencias, con la capacidad y habilidad para transformar los conflictos, como oportunidades creativas de encuentro, comunicación, cambio, adaptación e intercambio.

La paz desde el Derecho penal es la misión de la norma penal, el normal desenvolvimiento de las relaciones individuales entre los individuos y los grupos en una comunidad regida libre y democráticamente. (solo aquellos que deben ser protegidos penalmente)

A la par de la violencia física, se encuentra la violencia estructural, entendida como aquella en donde no se encuentra propiamente un actor que la provoque, pero que se halla inmersa en la propia estructura social y se manifiesta como un poder desigual.

La promoción de una cultura paz constituye, no solo una tendencia contemporánea, sino una condición propia para la resolución de los grandes conflictos de la humanidad. En este sentido, además de un modelo de reflexión ética, trasciende a las dimensiones sociales. De acuerdo con Mayor (2003), los procesos formativos deben implicar las condiciones y procesos relacionados con la paz, la convivencia y la resolución pacífica de los conflictos, y bajo esta perspectiva cualquier tipo de opción que conduzca hacia la paz, por lenta que parezca, es más eficiente que continuar en tendencia de respuestas reactivas al conflicto y a la violencia.

El derecho a la paz “es un derecho autónomo, que no puede entenderse únicamente en el sentido tradicional, es decir, del derecho a vivir en paz, en un mundo sin guerras ni amenazas de guerra sino también como un derecho que engloba todos los demás derechos humanos, pues todas las cuestiones que impiden la realización del derecho a la paz, inciden directamente en el ejercicio y disfrute de los derechos humanos, y por ende, son un obstáculo en la afirmación de los derechos humanos y de los logros en el campo de los derechos humanos y de la paz. En suma, sin el reconocimiento de los derechos humanos no puede haber paz” [4]


Mtro. Jonatan Pérez Chávez

? Comisionado de atención a víctimas en el estado de Aguascalientes.
? Secretario Técnico de la Comisión Interinstitucional en materia de trata de personas en Aguascalientes.
? Secretario Técnico del Sistema Integral de Atención a víctimas del estado de Aguascalientes.

Facebook: Jonatan Pérez
Twitter: rileyyagami

Citas.
[1] Walter Benjamín. Para una crítica de la violencia
[2] Hubert y Mauss, en su Essai rur la nature et la fonction du sacrifice
[3] Rene Girard – Teoría mimética y el Chivo Expiatorio.
[4] Virginia Arango, Paz Social y Cultura de Paz