Las estrategias de litigación se definen como conceptos fundamentales en la función de las partes procesales, así como del órgano jurisdiccional. Estas propuestas conceptuales de técnicas y estrategias de litigio oral serán desde el marco práctico, normativo, doctrinario y jurisprudencial aspirando a la perfectibilidad.
En nuestro sistema jurídico nos apoyamos de los criterios que emite la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los cuales son orientativos la mayoría de las veces y, otras veces, son directrices lamentables que reflejan la poca progresividad de nuestras normas ante la realidad social.
El concepto de la Defensa Técnica Adecuada, constituido por el positivismo imperante de nuestro sistema, ha limitado los alcances, definiciones e, incluso, interpretaciones a esos criterios que emite y difunde la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y se ha limitado a definir dicho concepto de manera ambigua, puesto que se menciona y asume que una defensa técnica y adecuada la puede procurar cualquier persona que haya estudiado Derecho, cuente con un título y una cédula profesional.
La mención de las líneas anteriores no tiene por objeto demeritar el esmero profesional y el desempeño de cada individuo, por el contrario, nos debe invitar a la reflexión y al análisis sobre todas aquellas herramientas adecuadas que nos convierten, como penalistas, en profesionistas técnicos y capaces, ante la demanda de justicia de un sistema aún perfectible.
Bajo la premisa de los juicios orales, los profesionistas que ejercemos la materia penal debemos desarrollar habilidades y aptitudes que van más allá de lo procesal, no solo la oratoria es la herramienta principal del nuevo perfil del abogado, sino que debe venir acompañado de habilidades de negociación, comunicación, diplomacia, entre otras. Para ello debemos tener en claro que el litigio y su substanciación es el desarrollo de una estrategia. Esta estrategia está conformada por una serie de conceptos que, a saber, son: la Teoría del caso, el Interrogatorio, el Contrainterrogatorio, las Objeciones, el Uso de registros, la Incorporación de material de prueba y los Alegatos. En estas líneas no se pretende entrar a detalle de la explicación de cada concepto, sino llegar a la línea metaprocesal, pues -en muchas ocasiones- el concepto sólo explica la forma y no el fondo.
Partiendo que el Poder Judicial de la Federación, en los primeros criterios, ha definido a la teoría del caso como una idea central o conjunto de hechos que son la base argumentativa de las partes y, sobre lo cual, se resuelve en una sentencia; por lo tanto, podemos identificarla como una estrategia o método de organización identificando el soporte jurídico, hechos, medios de prueba, las fortalezas, debilidades, oportunidades y amenazas del asunto.
El empleo de los análisis FODA no es propio de nuestra ciencia, pero partir de esta directriz para construir y dirigir una estrategia de litigio nos aporta elementos que marcan una diferencia. ¿Qué es lo que tenemos al frente? y ¿con qué vamos a trabajar? Este punto es opcional plantearlo dentro de la ficha de teoría del caso, pues no es un punto para discutir en la audiencia de juicio, pero, como parte de la herramienta para el abogado, es fundamental.
Por tanto, para su ejecución, como primer acercamiento con esta estrategia metodológica, se requiere de herramientas que nos brinden un profundo análisis para, posteriormente, valernos de la argumentación, la cual sustentará dicho razonamiento, siempre tomando en cuenta que esta cosmovisión del asunto particular significa un equilibrio entre los hechos, las pruebas y los elementos normativos aplicables.
La teoría depende, en primer término, del conocimiento que el abogado tenga acerca de los hechos de la causa y, además, va a estar determinada por las teorías jurídicas que se quieran invocar, esto permeará que, con la finalidad de crear una certeza, nuestros argumentos engrosen una defensa eficaz y no la invención de una versión de los hechos.
Pero, en sustancia ¿qué es la teoría del caso? Hagamos la comparativa con las empresas, las cuales planifican sus estrategias de negocios para llegar a cumplir sus objetivos, así, el abogado debe planear su estrategia de defensa y los elementos que le permitirán probar sus argumentos en audiencia. La teoría del caso es una tesis, así como el Derecho es una ciencia.
Todo lo anteriormente mencionado nos da una idea y nos puede aportar puntos clave, recordemos que toda estrategia es única y es la oportunidad de desarrollar nuestra creatividad, conjugada con nuestros conocimientos; esto nos permitirá ser claros, concisos, coherentes, sencillos y veraces, explotando nuestras herramientas.
La conjunción de las estrategias de litigación se apoya en gran medida de la deontología jurídica, pero se perfeccionan con nuestras herramientas personales, una formación ética y, sobre todo, el compromiso que tenemos los defensores con nuestros representados; la teoría del caso puede girar en tres grandes ejes: una teoría que pruebe inocencia, una teoría que se base en la culpabilidad y sus efectos legales y una teoría que sustente dudas razonables.
En este punto es menester hacer mención de que con la elaboración sólida de una estrategia de litigio nos podemos ceñir a ella y perfeccionarla según los elementos que se tengan, por ello no es factible hacer uso de dos o más teorías del caso, ya que, de hacerlo así, pueden crearse incompatibilidades que pongan en cuestión nuestro manejo del asunto en particular y denotar improvisación.
La ficha de teoría del caso es una herramienta de la litigación oral que se complementa con otras técnicas. Si está bien trabajada ayudará mucho a plantear un alegato de apertura, un alegato de clausura y nuestras preguntas y repreguntas el momento de realizar un interrogatorio y contra interrogatorio.
Finalmente, debemos recordar que la teoría del caso es una herramienta de organización de las ideas de nuestra causa y que, una exposición organizada de nuestros argumentos ante los jueces y tribunales de justicia, demuestra el profesionalismo del defensor. Esto aporta claridad al juzgador para no perder de vista los puntos importantes en Derecho, que, como defensa, nos hacen merecedores de ganar una causa, por el valor de las pruebas y de las argumentaciones plasmadas en nuestros alegatos.
Los demás conceptos que conforman nuestra estrategia de litigación se verán en armonía cuando nuestra experiencia nos permita crear estrategias de litigación eficientes y sólidas, es por ello por lo que es de vital importancia sembrar aptitudes y cualidades en nuestra persona para obtener resultados.
Moisés Santiago Gómez
Licenciado en Derecho, con posgrados en materia Penal, Amparo, Derechos Humanos y Propiedad Intelectual por la Universidad Nacional Autónoma de México, Profesor Universitario. Seminarista y Articulista. Defensor por convicción.
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