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Defensores Públicos en Chile y México

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El sistema acusatorio requiere, para su correcto funcionamiento, de la existencia de al menos tres partes, una de ellas, el prosecutor o ministerio público, el fiscal. Su contraparte en el sistema es el imputado, quién comparece asistido por un defensor penal. Es obligación del Estado proveer de defensa penal pública a quién no puede costear a un abogado de su confianza, por lo que la Defensoría Penal es un órgano esencial para el ejercicio de los derechos y garantías procesales frente al Estado persecutor.

En Chile, como en México existe dicha institución, consagrada a nivel constitucional. Es habitual que, sobre todo en Latinoamérica, las defensorías penales públicas estén desprovistas de recursos y sus abogados sean abnegados litigantes quienes, a fuerza de vocación, logran cumplir su cometido. En Chile, la Defensoría Penal es un sistema mixto, donde el 30% de los defensores son funcionarios públicos, de carrera quienes se sujetan al estatuto Administrativo. El 70% restante de los defensores son abogados y abogadas que licitan sus servicios, sea personalmente o a través de empresas (sociedades comerciales) cada tres años, adjudicándose un número determinado de defensas penales anuales durante ese período.

Fuera de las diferencias estatutarias entre defensores públicos y licitados, existe también una diferencia en remuneraciones (a un defensor licitado se le paga aproximadamente un tercio de lo que se le paga a un defensor funcionario público) y en estabilidad laboral, pues un defensor licitado está contratado mientras dure la licitación, es decir, tres años, mientras que el defensor público lo estará durante toda su vida o hasta que renuncie. A ambos se les exige no obstante, el cumplimiento de los mismos estándares de defensa, una estricta lex artis que permite controlar la prestación del servicio de defensa de alta calidad. Dichos estándares son controlados por una serie de mecanismos, entre ellos, distintos tipos de inspecciones (fiscalizadores) que revisan desde “lo que dice un defensor en audiencia” (y cómo lo dice), hasta el contenido de las carpetas de investigación y las acciones de defensa desplegadas. Además, existe un control mediante auditores externos sobre las defensorías licitadas y sus abogados. Todos estos mecanismos serán reforzados ahora con un innovador sistema creado por la Defensoría Penal, consistente en una asistente virtual, una inteligencia artificial con reconocimiento de voz que permitirá desplegar ante el defensor una serie de alternativas considerando la jurisprudencia del tribunal, el comportamiento de cada fiscal, y el delito y prontuario del defendido.

De esta forma Chile entrega el servicio de defensa a la ciudadanía sin precariedad y logrando cubrir el 100% de la demanda, con abogados especializados en derecho penal, continuamente capacitados, que trabajan desde oficinas estandarizadas con tecnología e infraestructura de primer nivel. Es evidente que el sistema puede mejorar, pero sin duda el mecanismo mixto público privado chileno permite cumplir el mandato constitucional de defensa penal pública a todas las personas, nacionales o extranjeros que se encuentren imputadas en el país.

Mauricio Obreque Pardo

Twitter: @obrequemauricio

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