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Autoría y participación

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Los conceptos de autoría y participación son fundamentales para determinar la responsabilidad de una persona en la comisión de un delito. Sin embargo, estas nociones no siempre son tan simples como parecen a primera vista. Es importante comprender las diferencias entre la autoría y la participación, ya que una clasificación errónea puede tener graves consecuencias.

El término “autoría” se aplica a la persona que, ya sea de forma directa o a través de terceros, comete un acto delictivo. Es fundamental subrayar que el autor es quien lleva a cabo la conducta descrita en el tipo penal. Aquí, distinguimos entre dos formas de autoría: la autoría directa y la autoría mediata.

La autoría directa se refiere al individuo que, de manera directa, lleva a cabo un delito. El autor directo domina la acción, ejecutándola personalmente, y es el sujeto que cumple con los elementos del tipo penal de manera inmediata.

La autoría mediata, por otro lado, involucra a una persona que utiliza a otros como instrumentos para cometer un delito con el fin de aparentar que no está involucrada en la actividad delictiva. El autor mediato, entonces, realiza el delito a través de estas personas a las que llamamos instrumentos. Los instrumentos pueden llevar a cabo el delito bajo coacción, amenaza o engaño del autor mediato. Es importante destacar que, en algunos casos, los instrumentos pueden tener conocimiento del delito y, por lo tanto, ser también responsables penalmente.

La coautoría se refiere a la situación en la que dos o más individuos deciden cometer un delito de manera conjunta. Esto implica una decisión colectiva de llevar a cabo el delito y una colaboración consciente y voluntaria entre los involucrados. Cada coautor desempeña un papel activo en la comisión del delito, y su participación es determinante para llevar a cabo el acto criminal.

En contraste, la participación se diferencia claramente de la autoría. Los partícipes contribuyen de alguna manera a la comisión del delito, pero no tienen un control directo sobre el hecho. No ejecutan la acción delictiva, pero su colaboración es relevante desde una perspectiva legal. En este contexto, se pueden identificar diferentes roles de participación:

Instigadores: Estos individuos persuaden o influyen de manera intencionada en otros para cometer un delito. Aunque no llevan a cabo la acción criminal, su influencia es esencial en el proceso.

Complicidad: Otra forma de participación en el delito, en contraste con la instigación, implica que el cómplice contribuye con actos anteriores o simultáneos que no se consideran actos de autoría. La complicidad se castiga con una pena inferior a la que merecen los autores del delito, ya que el cómplice ayuda o coopera de manera auxiliar o secundaria en la ejecución del acto delictivo. A diferencia de los coautores, los cómplices no determinan el “cómo” y el “cuándo” de la realización del hecho, sino que simplemente facilitan su comisión.

 

Ana Laura Álvarez Colín

Estudiante de la Facultad de Derecho UNAM.

 

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