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Una muerte silenciosa: el feminicidio en México

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El término feminicidio tiene sus antecedentes desde el siglo XIX a partir del término en inglés femicide. Posteriormente, el concepto fue desarrollado en 1974 por la escritora americana Carol Orlock y utilizado por primera vez en 1976 por la feminista sudafricana Diana Russell.

Russell lo definió como “el asesinato de mujeres realizado por hombres motivado por odio, desprecio, placer o un sentido de propiedad de la mujer”.

Por su parte, el artículo 325 del Código Penal Federal señala que “comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por una razón de género. Se considera que existe una razón de género cuando concurra cualquiera de las siguientes circunstancias:

La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;

A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia;

Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral, comunitario, político o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima”; Datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública arrojan que en el primer trimestre de 2023 674 mujeres han sido víctimas de este tipo de homicidio. Por otra parte, en este mismo periodo ha incrementado 8.7% en comparación con el año pasado.

La OMS señala que la mayoría de los casos de feminicidios son cometidos por parejas o exparejas e implican amenazas, intimidación, violencia sexual, entre otros abusos.

A fin de evitar este tipo de delito, diputadas han propuesto la iniciativa Mariana Buendía, la cual tiene como objetivo sancionar la negación de la justicia por razones de género e investigar con perspectiva de género y debida diligencia todas las muertes niñas y mujeres.

Esta iniciativa tiene como antecedente el caso de Mariana Lima, víctima de feminicidio en 2010, cuyo caso dejó un precedente en materia de debida diligencia y busca que todas las muertes violentas de las mujeres sean investigadas como presuntos feminicidios.

La sentencia de este caso emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene como efectos: investigar con perspectiva de género y debida diligencia todas las muertes violentas de mujeres y niñas en México, sancionar a servidores públicos que incurran en omisiones o negligencias que obstruyan la investigación y reparar el daño causado a las víctimas, a fin de crear medidas progresivas para fomentar la educación y capacitación con perspectiva de género.

La ley Mariana Buendía propone elevar a rango de ley los parámetros emitidos por la Suprema Corte de Justicia en la sentencia relativa al caso de Mariana Lima y en donde su esposo, Julio César Hernández, quien fungía como policía judicial, aseguró que la joven se había suicidado, por lo que las autoridades omitieron realizar las investigaciones pertinentes y cerrar el caso.

Además de este tipo de leyes algunas acciones que se deben de promover para evitar la comisión de este tipo de delito contra las mujeres son:

Fomentar la educación y concientización a partir de la impartición de talleres o programas respecto de temas relativos a igualdad de género, violencia contra las mujeres, nuevas masculinidades, entre otras cuestiones.

La creación de servicios de apoyo a fin de que las mujeres tengan conocimiento de sus derechos y asistencia tanto legal como psicológica en caso de ser víctimas de cualquier tipo de violencia, a fin de que exista una cultura de denuncia y sean asistidas en este proceso.

Impulsar la libertad económica de las mujeres, a fin de que éstas puedan ser independientes y evitar que no sean víctimas de violencia económica o cualquier tipo de violencia, a partir de fomentar que las mujeres puedan acceder a mejores oportunidades laborales y financieras.

Fortalecer la creación de leyes tendientes a garantizar la seguridad a partir de la inclusión de medidas de protección y prevención tendientes a evitar la comisión de este tipo de delitos y en su caso, la necesidad de la otorgar la reparación integral de la víctima.

Lic. María Fernanda Barrientos Tamariz

Licenciada en Derecho egresada de la Universidad Iberoamericana. Maestrante en derechos humanos. Abogada en temas relativos a derechos humanos y materia penal.

X: @BarriBt12

Instagram: fer_bt

 

 

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