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Panorama de las reformas al Código Penal para el Distrito Federal durante 2023

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Durante el 2023, diversos artículos del Código Penal para el Distrito Federal (en adelante Código) fueron modificados y otros más incorporados, a la fecha de elaboración de esta columna, 20 de diciembre de 2023, se publicaron seis decretos [1] que variaron el contenido del Código.

En cuanto a la Parte General, únicamente ocurrió una enmienda en el artículo 71 “Fijación de la disminución o aumento de la pena” al cual se añadió un último párrafo con una nueva circunstancia calificativa relativa al empleo de aeronaves pilotadas a distancia, o tecnologías de video vigilancia para la comisión de un delito. Sobre este cambio es relevante precisar que en el archivo “PDF” del Código, descargable desde la dirección electrónica: https://www.congresocdmx.gob.mx/marco-legal-cdmx-107-2.html, en la página 34, después del último párrafo del artículo 71 aparece la leyenda “Párrafo adicionado y publicado en la GOCDMX el 11 de noviembre de 2023”, lo cual llama la atención debido a que el 11 de noviembre del año en curso fue sábado y no se publicó la Gaceta Oficial de la Ciudad de México (en adelante GOCDMX); por inferencia, esta modificación probablemente sea la publicada el 3 de noviembre de 2023, toda vez que en dicha ocasión se publicó un decreto con el siguiente rubro “DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UN ÚLTIMO PÁRRAFO AL ARTÍCULO 224 DEL CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL”; sin embargo, al consultar la publicación, en el texto no se registra ningún cambio al artículo 224, pero sí, la adición de un último párrafo al artículo 71.

En cuanto a la Parte Especial, se adicionaron seis artículos: 241 Bis,[2] 226 Bis,[3] 226 Ter,[4] 346 Bis, [5] 350 Quáter[6] y 350 Quinquies; [7] y se reformaron siete: 131,[8] 148 Bis,[9] 224, [10] 243,[11] 345 Bis,[12] 350 Bis[13] y 350 Ter; [14] únicamente los artículos 350 Bis y 350 Ter se reformaron en una segunda ocasión. [15]

En cuanto a los artículos adicionados, abordaron los siguientes tópicos: el 241 Bis, incorpora calificativas por el daño al equipamiento urbano y al mobiliario urbano de la Ciudad de México; los artículos 226 Bis y 226 Ter, añaden el apoderamiento de especie animal y sus calificativas; el 346 Bis, sumó el “delito de ecocidio”; el 350 Quáter, tipificó los rastros ilegales y el 350 Quinquies, los actos de zooerastia.

Por otro lado, las reformas a siete artículos contemplaron: en el 131, se adiciono una fracción VI para prever las lesiones derivadas de un daño o robo al equipamiento o mobiliario urbano; al artículo 148 Bis donde se incluyen todos los supuestos de Feminicidio, se incorporaron dos últimos párrafos para incluir lo relativo a la pérdida de la patria potestad del sujeto activo, así como el aviso que se debe dar a las autoridades jurisdiccionales en materia familiar y al Sistema de Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México en determinados casos; en el 224, inciso A) se derogó la fracción III y su contenido se traslado al inciso E), donde se precisaron las definiciones de equipamiento urbano y mobiliario urbano; en el precepto 243 se adicionó un cuarto párrafo para incluir el encubrimiento por receptación en el caso que lo que se adquiera, posea, desmantele, venda, comercialice, enajene, trafique, pignore, reciba, traslade, use u oculte sea el equipamiento o mobiliario urbano de la Ciudad de México; el 345 Bis, incluyó cambios en las circunstancias calificativas en los casos que de forma ilegal o con dolo se derribe, tale u ocasione la muerte de uno o más árboles; y finalmente, los artículos 350 Bis y 350 Ter, se enmendaron a fin de modificar las calificativas de los actos de maltrato o crueldad animal.

Quedamos a la espera que el Poder Legislativo de la Ciudad de México decida no continuar con el ánimo reformador de la norma penal.

Hasta aquí con mi última columna del 2023, en “Notitia Criminis, Portal especializado en derecho penal”; ¡gracias por tomarte el tiempo de leer!

Alberto Francisco Garduño:

Profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México. Sus líneas de investigación son: derecho penal sustantivo, derecho de ejecución penal, derecho económico y derecho antidiscriminatorio. X: @albertofco9

[1] I. 01 de marzo, II. 31 de marzo, III. 04 de agosto, IV. 21 de agosto, V. 06 de octubre y VI. 03 de noviembre, todos de 2023.

[2] GOCDMX 31 de marzo de 2023.

[3] GOCDMX 01 de marzo de 2023.

[4] GOCDMX 01 de marzo de 2023.

[5] GOCDMX 06 de octubre de 2023.

[6] GOCDMX 01 de marzo de 2023.

[7] GOCDMX 01 de marzo de 2023.

[8] GOCDMX 31 de marzo de 2023.

[9] GOCDMX 04 de agosto de 2023.

[10] GOCDMX 31 de marzo de 2023.

[11] GOCDMX 31 de marzo de 2023.

[12] GOCDMX 06 de octubre de 2023.

[13] GOCDMX 01 de marzo de 2023.

[14] GOCDMX 01 de marzo de 2023.

[15] GOC

DMX 21 de agosto de 2023.

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