Por Lizzet Arriaga Covarrubias
Ojo por ojo, diente por diente, una expresión ampliamente conocida que materializa a la Lex Talionis, término que refiere un principio jurídico de justicia retributiva y que constituye el primer intento por establecer una proporcionalidad entre el daño recibido en un crimen y el daño producido en el castigo, siendo así el primer límite a la venganza.
El Derecho es galopante y hablando en el caso específico de México, es evidente que este principio ya ha sido superado. El artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dice: Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho, sin embargo, aunque esto sea lo que lo contempla nuestra norma rectora, en los últimos años hemos visto que se han incrementado los hechos de violencia colectiva en el país, en los cuales participan grupos de personas que toman la justicia por propia mano, es decir, los famosos linchamientos, sin que haya una consecuencia penal en contra de esta conducta.
La Organización de las Naciones Unidas (ONU) ha encontrado en los casos de linchamientos algunas constantes, entre las que destacan: falta de confianza en la policía y el sistema de justicia, además de la impunidad de la que disfrutarían los autores de crímenes.
De acuerdo con el Informe Especial Sobre los Linchamientos en el Territorio Nacional emitido por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, los linchamientos han presentado una tendencia constante de crecimiento en el país desde el año 2015. En 2016, el incremento respecto a 2015 fue del 37%; mientras que el 2018 presentó un claro repunte, con un aumento de 190% respecto a 2017 al pasar de 60 a 174 casos. En cuanto a las personas víctimas de linchamientos, fallecidos y lesionados, el incremento en ese año fue del 146%, al pasar de 110 en 2017 a 271 en 2018.
Es una realidad que los linchamientos no pueden ser vistos como acciones legítimas y mucho menos como una vía o herramienta para alcanzar la justicia. Es de suma importancia y urgencia que los casos que se presentan se registren, se investiguen y se sancionen.
Apostando por la aplicación de la ley y el fortalecimiento del Estado de Derecho, en el marco de los trabajos de la Comisión Permanente en el segundo receso del primer año de ejercicio de la LXV legislatura, la Senadora Josefina Vázquez Mota, presentó una iniciativa con proyecto de decreto para incorporar al Código Penal Federal un tipo penal específico para los casos de linchamiento, y que las lesiones y homicidios provocados en forma tumultuaria se consideren delitos calificados por existir evidente ventaja y alevosía, con lo que a los responsables se les aumentaría la sanción hasta el doble de la que corresponda por la lesión simple causada, y de treinta a sesenta años tratándose de homicidio.
También propone establecer una pena de cuatro a ocho años de prisión y de doscientos a seiscientos días multa a quienes convoquen, organicen o inciten al linchamiento, sometan a la víctima, obstaculicen la intervención de las autoridades o de cualquier otra forma participen de manera directa en el linchamiento.
Es importante puntualizar y concientizar que estos actos siguen ocurriendo día con día, no son casos aislados, los linchamientos se han convertido en un fenómeno que estremece al país. De acuerdo al Informe de Atrocidades de la Organización Causa en Común, tan sólo en lo que va de este 2022, se han registrado 11 actos consumados y 82 intentos.
Mtra. Lizzet Arriaga Covarrubias
? Licenciada en Derecho por la Facultad de Derecho de la Barra Nacional de Abogados
? Maestra en Derecho Fiscal y Administrativo por la Facultad de Derecho de la Barra Nacional de Abogados
? Periodista Parlamentaria y Conductora en el Canal del Congreso de la Unión
? Reportera en Televisa
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