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La política criminal selectiva

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Desde una perspectiva personal, puedo definir a la política criminal como una herramienta, guía, o instrumento multidisciplinario y trasversal que nos permite ejecutar acciones y nos dota de herramientas para disminuir, prevenir y confrontar los fenómenos delictivos en una sociedad.

La política criminal como concepto en sí es complicado de entender, en la vida cotidiana se confunde inclusive con las políticas públicas, pero si es complicado entender el concepto lo es más desarrollarlo y ponerlo en práctica, por esa razón diversos países han adoptado distintos modelos criminológicos y se han visto en la necesidad de escoger diversas políticas públicas que, a consideración de los estudiosos de la política criminal –, en específico, de los encargados en legislar-, pretenden controlar la criminalidad desde ópticas de prevención y reacción.

A lo largo de este artículo, expresaré ideas que se obtienen y derivan de la lectura “Política criminal: entre la política de seguridad y la política social” del autor Alessandro Barata, un jurista y sociólogo italiano dedicado a escribir, en su mayoría,  temas relacionados con derecho penal, política criminal y sociología, además de ser profesor de universidad y estudioso de la efectividad de la criminología en sociedad.

Empezaré diciendo que cada sociedad ha tenido, a lo largo de su historia, una forma distinta de constituirse; los seres humanos nos hemos enfrentado a una lucha constante, en la época primitiva buscamos la supervivencia y apostábamos a la fuerza para mantenernos vivos, peleábamos con otras especies para satisfacer nuestras necesidades básicas y continuar desarrollándonos como especie única, omnipotente y racional; tiempo después, cuando entramos a la época del esclavismo, utilizábamos a personas de nuestra misma especie pero con diferente poder adquisitivo para complementarnos como seres superiores sobre otros; llegamos al feudalismo y necesitamos una guía que nos permitiera diferenciar que es lo bueno de lo malo, que nos permitiera justificar el porqué de nuestras decisiones pero, sobre todo, que nos consolara al saber que estábamos tomando el camino correcto; después, con el humanismo y capitalismo, empezamos a crear una sociedad consciente de nuestros derechos, seguimos usando la fuerza de trabajo como principal motor para mantener nuestra sociedad y caímos en la idea de que valemos por lo que poseemos.

Ahora bien, bajo la perspectiva anterior, es importante señalar que, derivado de la organización social que tenemos en la actualidad, se ha dado paso a la criminalidad, al incremento año con año de los índices de personas que delinquen; el Estado, al no saber cómo actuar ante dicha circunstancia crea un derecho penal del enemigo buscando que la pena sea un factor preventivo y enfoca sus acciones principales en combatir estos altos índices de forma errónea, lo que provoca al final un descontento social, una visión continua de reto para seguir cometiendo delitos pero con la habilidad de no ser atrapados, cuidándose más y buscando otras formas de delinquir sin ser vistos, apostándole a las distintas opciones de corrupción que existen en nuestro sistema de justicia penal pero, sobre todo, a la falta de capacitación de nuestros operadores.

Como podemos darnos cuenta, la forma de aplicar la política criminal no es fácil, derivado del cúmulo de acciones que deben de tomarse y de las herramientas que deben de utilizarse, de las disciplinas que tienen que ser consideradas para apoyar con el estudio de las sociedades y poder tener una efectiva prevención social de la criminalidad desde un aspecto positivo basado en la reinserción social real de los infractores de las leyes, para una no repetición, y no como se prevé, desde una óptica amenazante para el que pretende delinquir.

Los retos a los que nos enfrentamos y del porqué este artículo se titula “política criminal selectiva”, recaen en los factores que cada sociedad adopta para poder ejercer una política criminal desde la óptica que es aceptada como la correcta por los estudiosos de la criminalidad, me refiero a la prevención general y específica de forma positiva; para desarrollar la idea anterior es importante mencionar que en el modelo anglosajón se utiliza la iniciativa y liderazgo por parte de los policías y los  fiscales para ejecutar ese tipo de prevención que se busca en la criminalidad, y más allá de eso, para un correcto funcionamiento de la impartición de justicia; en el modelo francés, en cambio, la iniciativa y liderazgo recae en las comunidades locales y federales, utilizando iniciativas propias para poder apoyarse entre ciudadanos que comparten un mismo territorio y que deben de aprender a vivir en sociedad.

Ahora bien, derivado de lo anterior caemos en cuenta de que ambos modelos se implementan de diferente forma y con las condiciones económicas de los países en los que se desarrollan, nuestro país no puede servir de ejemplo como un lugar de efectiva prevención positiva, porque para eso debemos de considerar la diferencia económica que nos separa de países europeos o estadounidenses, por tanto, la política criminal resulta selectiva al poder desarrollarse mayormente en lugares en los que la economía y los modelos penales y penitenciarios permiten llegar a una efectiva reinserción social.

Con lo anterior no se pretende poner como ejemplo de perfección a países mayormente desarrollados sino se pretende especificar que, si en esos países es complicado un desarrollo efectivo de la política criminal, en nuestro país lo será aún más.

 

Mtra. Xareni Andrade Heredia

Maestra en Derecho con especialización en litigación oral por California Western School of Law, California EU; Licenciada en Derecho y especialista en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México; Especialista en el Sistema Integral de Justicia penal para adolescentes por el Instituto Nacional de Ciencias Penales; Perito en Grafoscopía y Documentoscopía por el Colegio Mexicano de Grafología y Criminalística.

En la docencia: Profesora de licenciatura de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México Sede Ciudad Universitaria, profesora de licenciatura de la Universidad Abierta y a Distancia de México. Profesora de maestría de la Escuela de Posgrado en Derecho. Profesora del Seminario en técnicas de litigación oral en el Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada Hermes, nivel licenciatura y maestría. Profesora del diplomado del Sistema integral de justicia penal para niñas, niños y adolescentes de la Universidad en estudio de posgrado en Derecho. Profesora del curso Técnicas de litigación en juicio oral del Instituto internacional de Derecho. Profesora del curso Interrogatorio y contrainterrogatorio de la Consolidación internacional de abogados. Profesora del curso especializado de audiencia de juicio oral del Instituto internacional de Derecho.

En el ámbito profesional: Actualmente se destaca como abogada penalista en la Ciudad de México fungiendo como asesora jurídica de víctimas, ha realizado trabajos en la defensoría pública de la Ciudad de México, así como ha sido asesora política en el Estado de México.

 

Facebook: Mtra. Xareni Andrade

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