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COMPLIANCE, PANÓPTICO EMPRESARIAL

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Por Diego Maximiliano Galicia Naranjo

El poder a través del tiempo se ha empleado por los Estados para doblegar a los ciudadanos. Los cuales son sometidos a realizar o no, diversas conductas.

La palabra panóptico –popularizada por Michael Foucault–, se refiere a la estructura arquitectónica; una torre alta donde una sola persona sería capaz de observarlos a todos sin que aquellos que vigilara fueran totalmente conscientes de en qué momento realmente eran vigilados; claro está que esto influía enormemente en su conducta.

Esta edificación frecuentemente utilizada en centros de reinserción social, con el fin de observar a las personas privadas de la libertad desde el exterior, ahora no solo ha tomado un sentido arquitectónico y únicamente meramente  destinada a para estos centros, se ha vuelto toda una representación de vigilancia… y poder.

Ahora bien, esa demarcación de conducta crea una línea imaginaria entre lo que puede o no realizarse dentro del territorio de cada Estado.

Por ejemplo: En Estados islámicos las personas de sexo femenino no pueden ser visibles, cosa que esto en la cultura mexicana puede ser para los mexicanos se nos hace totalmente retrograda y machista.

Asimismo, en China podemos observar que la población es doblegada derivado de la existencia de un Big Brother, si bien es cierto el nombre no es el oficial, es aplicable al caso en concreto, ya que a través de la tecnología pueden vigilar a sus ciudadanos, sin omitir el control del Estado sobre las redes sociales, sitios como Twitter han sido prohibidos.

Como menciona Byung-Chul Han en su artículo para el país:

“En China no hay ningún momento de la vida cotidiana que no esté sometido a observación. Se controla cada clic, cada compra, cada contacto, cada actividad en las redes sociales. A quien cruza con el semáforo en rojo, a quien tiene trato con críticos del régimen o a quien pone comentarios críticos en las redes sociales le quitan puntos”

Ahora bien,  el tipo de vigilancia ejercida por el Estado no solo se aplica en los Estados, sino en los centros de reinserción social, en las escuelas, en las sociedades globalizadas, las empresas, entre otras. Lo anterior con el fin de lograr una disciplina del sujeto, buscando  un buen comportamiento.

Es por ello que es de suma importancia tener en consideración mantener presente  lo señalado por Jeremy Bentham y Michel Foucault, para entender el panóptico se debe tener en consideracióncontemplar la evolución del concepto y la aplicación como lo menciona Byung-Chul Han.

Tomando en consideración cuenta la existencia del Big data y la auto puesta en vigilancia a las redes, la sociedad está  siendo sometida a una continua vigilancia-supervisión  en la cual las empresas han tomado partido a través de los compliance program.

La vigilancia empresarial nace desde la búsqueda del buen comportamiento y las buenas prácticas, mismas que buscan que los trabajadores se desempeñen correctamente en sus labores, empleando códigos de buena conducta, los valores y ética de la empresa que deben seguir los empleados y los protocolos de actuación.

La vigilancia empresarial, muy por el contrario, al panorama sombrío que regala Foucault sobre la vigilancia dirigidao a la sociedad en general, resulta positivo mientras permanezca en procurar la búsqueda real de la eficiencia y evitar problemas . evadir el conflicto.

Esto hace que los empleadores puedan tener control sobre las posibles eventualidades legales, como pueden ser en materia laboral, cuando tienen que despedir a un empleado o cóomo pueden actuar frente a una demanda laboral.

En materia civil, mercantil, ,puede servir para evitar una demanda o a su vez como sustentar una demanda sólida en la cual la empresa pueda salir avante.

Y lo más importante desde mi perspectiva, la materia penal, ya que no es raro que dentro de las empresas se cometan ilícitos ya sea por los empleados o por los empleadores, dentro del presente nos enfocamos únicamente a los segundosprimeros.

Podemos dilucidar que efectivamente el imponer un control sobre los trabajadores de una empresa, sujeta a las personas a un panóptico empresarial.

Esto es, las empresas buscan a través de un gobierno corporativo, un compliance program o una debida diligencia, el monitoreocontrol de todo el personal dependiente de la empresa. La pregunta aquí es ¿Se actualiza o moderniza el panóptico dentro de las empresas?

La respuesta derivado de la empleación de nuevas tecnologías es SÍI, pues las empresas han sido objeto de un traslado de la responsabilidad de buscar y prevenirrecaver  diversas conductas  por parte del Estado.

Pues quien  debe prevenir y sancionar la comisión de conductas es el poder ejecutivo y judicial.

Al legislar e introducir la responsabilidad penal de personas jurídicas; la prevención -o responsabilidad- de cierta manera trasladó el deber de prevención a las empresas, las cuales se apoyan de la tecnología para prevenir las conductas no permitidas.

La herramienta que puede demostrar la existencia del panóptico empresarial es el canal de denuncias interno, que además de mantener el control, involucra la participación de la sociedad empresarial y no deja un panóptico absoluto únicamente ejercido por los altos mandos, el canal de denuncias interno cada vez ha pasado a sofisticarse más, pasando de denuncias escritas anónimas a correos anónimos y actualmente se han empleado aplicaciones o progamas especiales para realizar las denunciasmismas.

A través de estos canales,; cada vez más seguros para quien los utiliza, los soplones (whistle blowers) pueden avisar a la parte de compliance o al órgano encargado de advertirprevenir conductas delictivas dentro de la empresa que algo no está bien.

Por lo cual, se accionan mecanismos para prevenir la comisión o en su defecto una pronta atención al problema.

También, se puede observar la existencia de programas que pueden revisar los equipos de los empleados, violentando la privacidad de los mismos, resaltando que, aunque el material sea proveído por la misma empresa no cambia el hecho de que podemos estar ante una transgresión de la privacidad.

Aquí tenemos que poner especial atención, pues si no existe un documento en el cual el empleado dé su consentimiento, podemos meternos en un problema.

Ya que hay casos en los que una empresa empleaejerce  su debido control sin antes observar que todos los empleados hayan firmado todos los contratos y cláusulas especiales. En los cuales ellos ceden el permiso de violentar o acceder a su intimidad.

En esos casos puede llegar a pasar que en caso de existir prueba alguna sobre la comisión de un hecho que la ley señale como delito, la prueba no pueda utilizarse por haberse obtenido de forma ilegal.

Con todo lo anterior no quiero decir que el compliance es una herramienta que no pueda implementarse por violentar la intimidad o por forjar sujetos de rendimiento ad hoc a los valores empresariales.

En lo que hay que poner verdadero interés a atención es en cóomo evoluciona la forma de doblegación de los sujetos y estar conscientes de todas las probables vertientes en las que nos encontremos para poder aplicar los programas de cumplimiento y garantizar su eficiencia.

Es decir, se necesita aprovechar el mismo panóptico a la beneficencia empresarial. El panóptico como se mencionaba al principio de este artículo, es una estructura que en sus inicios era una torre alzada en medio de un círculo, , donde quien estaba dentro, podía apreciar todos sus ángulos y rincones; no es distinto al concepto del mismo que debemos aprovechar, analizar todas las ventajas y puntos débiles que se presentan al pretender desempeñar ejercer el debido control.

Como menciona Lindred Greer, profesor asistente de Comportamiento Organizacional de la Stanford Graduate School of Business publicada en su investigación ‘Behavior and Human Decision Processes and the Journal of Applied Psychology’  un panorama sombrío para las organizaciones que ignoran el daño de un poder descontrolado.

Toda vez que como ya se ha mencionado, el panóptico no solo ha existido desde hace varias décadas, sino que ha evolucionado, tantos derechos y limitantes, y hay que entender que el mismo, fruto de las nuevas legislaciones y por tanto sin los suficientes precedentes  debe ser empleado de una manera en la cual podamos garantizar una adecuada funcionalidad, con la necesaria seguridad, seguridad necesaria para todas las partes.

Abogado Penalista en Cuenca Abogados y Asociados; Docente de Derecho Penal y Sistema Penal Acusatorio.