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POLÍTICA CRIMINAL Y DERECHO PENAL. CONTRADICCIÓN ENTRE EL DISCURSO Y LAS ACCIONES

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Por Catalina Ochoa Contreras

“Cuando las armas hablan, el derecho calla”. Apotegma del Derecho romano que en pleno siglo XXI sigue imperando, por desgracia, no sólo en México, sino en muchos países de todos los continentes. Así lo entiende el profesor Francisco Muñoz Conde, cuando en su texto ? La Relación entre Sistema del Derecho Penal y Política Criminal, historia de una relación atormentada (UBIJUS Editorial, 2008) ?, hace mención a la relación entre esta pareja que, lejos de ser idílica, se convierte en una correlación conflictiva, ante cánones jurídicos elementales, pues hasta nuestros días, rige la ley del más fuerte, ya que impone su poder por encima de las reglas y convenciones jurídicas internacionales. En efecto, esta pareja, aunque tienen distintas perspectivas y usan diversos métodos, deben permanecer juntas para proteger a la sociedad; sin embargo, el poder político, somete sus decisiones a reglas y principios previamente establecidos por el Derecho.

Veamos: La política criminal se encarga de establecer el derecho penal para prevenir el delito en los tres poderes de gobierno: Ejecutivo, Legislativo y Judicial, quienes llevan a cabo o practican el “ius puniendi”; en tanto, el Derecho penal, interpreta correctamente las reglas jurídicas; es decir, la primera, trata de hacer su función previamente a que el tejido social, se dañe aún más con la conducta u omisión que contradice la ley, a través de mecanismos permisivos o que justifican las acciones u omisiones delictuosas.

De esto, el prestigioso jurista hispalense sevillano, Don Francisco Muñoz Conde, refiere que el poder puede ejercerse de un modo absoluto, sin atenderse a las reglas o limites que le imponga el Derecho, o simplemente creando un “derecho” ad hoc, adecuado a los fines del poder político y nos ilustra con el ejemplo del tiempo cuando el Estado Alemán, creó el régimen nacionalsocialista durante los años 1933 a 1945, y que calificaron como un “Estado de No Derecho” y añadiría aquí, lo sucedido en lo que se llamó “proceso” de Cristo, en el que, pese a que se realizó plagado vulneraciones a los más elementales derechos humanos que sería interminable citarlos, son claros ejemplos que, desde siempre, ha imperado la ley del más fuerte y per se, resulta generalmente el vencedor en una contienda, en la que impone su poder por encima del Estado de Derecho, que si bien, este es una creación del poder, “Política y Derecho”, deberían formar un vínculo feliz, en perfecta armonía, aduce el reconocido jurista español ya mencionado; sin embargo, desde aquellas épocas ha triunfado el poder político sobre el Derecho, la ley, la justicia, el orden social, objetivos para los que fue creado el “Estado de Derecho”, lo que ha resultado ser una falacia, ante el imperio absoluto del poder político del Estado, teniendo como consecuencia el aforismo jurídico “vahe victis” –¡ay de los vencidos!.

Es bien sabido que el poder ejecutivo, Gobierno, ninguna competencia tiene en el ámbito de aplicación del Derecho penal, salvo cuestiones meramente administrativas, como el dotar a la Administración de Justicia de todo aquello que necesita para llevar a cabo su tarea, sin dejar de garantizar en todo momento el respeto a las garantías y derechos humanos; sin embargo, “la división de poderes”, ese procedimiento de ordenación del poder de autoridad que busca el equilibrio y armonía de fuerzas mediante una serie de pesos y contrapesos, para proteger mejor las libertades individuales, como en su tiempo lo concibieron John Locke y Charles Louis de Secondat (Montesquieu), al parecer fue y ha sido una quimera necesaria para que en realidad esa pareja feliz que deberían ser POLÍTICA CRIMINAL y DERECHO PENAL funcionen para controlar el comportamiento incorrecto, con auxilio del conocimiento criminológico con respeto a los derechos humanos, pues la sociedad mundial ha sufrido los resultados erróneos de esa incongruencia entre los maravillosos discursos políticos y las acciones del ciudadano en el poder, como lo hace patente el nivel de criminalidad, no sólo por personas de clase baja o con problemas económicos o de adicción, sino que, la gran mayoría se le atribuye al factor social de la corrupción que impera en todos los ámbitos públicos, en los que, quienes delinquen son conocedores de que no sufrirán las consecuencias, ante el poder de la Política sobre el Derecho, cuando el objetivo de esta pareja, debería ser complemento para cumplir con la función para la que fueron creados.

Sin embargo, esta situación se agravó aún más a raíz del ataque terrorista a las torres gemelas de Nueva York el 11 de septiembre del 2001, ya que dicho acontecimiento convirtió al Derecho penal en un Derecho penal de combate, utilizado como un arma para eliminar al enemigo, dejándose al margen los límites y derechos que imponía la sujeción del Poder político del Derecho, es decir, al Estado de Derecho. De tal manera que, dicha tragedia, rompió mundialmente esta ya difícil relación entre Política Criminal y Derecho Penal que se había instaurado en los Estados Democráticos de Derecho, y más, si tenemos en cuenta que tres años después, el terrorismo en España se dejó ver en Madrid, en el año 2004, luego al año siguiente, en Londres y en otras ciudades europeas, dando paso así a otros tipo de fracturas sociales relacionadas al terrorismo, como la criminalidad organizada, el narcotráfico, la pornografía, la trata de personas, y, en consecuencia, el incremento de la gravedad de las sanciones penales, como regla general, que, hasta la actualidad, se ha convertido en la regla general que preside cualquier reforma penal.

Tampoco es desconocido que durante la historia se han pronunciado innumerables discursos políticos, en los que se afirma y se promete a los ciudadanos, entre otras cosas, que se acabará con la inseguridad, velando así por sus derechos, aunado a una mejor calidad de vida, oportunidades laborales y un sinfín de promesas que solo quedan en hermosas palabras que, al paso del tiempo, es increíble ver caer el telón mostrando las falsas promesas. Tal parece que la gran mayoría de los políticos, no comprenden que dejar vanas las promesas realizadas a su comunidad, cobra factura en sentido negativo, o bien, si su estrategia se basa en una política humanitaria de cambio, en la que sus acciones sean congruentes con su discurso, sería verdaderamente una inversión para su imagen a largo plazo, dejando atrás cartas mayores como lo económico y su transcendencia; máxime si, como dijo el orador y filósofo romano Marco Tulio Cicerón, se tiene el don de la elocuencia y si se sabe valer de él, los resultados resultarían extraordinarios.

Hoy en día, el quebranto social sigue presente, empero, como dijo el gran maestro Muñoz Conde, “el equilibro entre ambos polos de la Ciencia penal, Política criminal y Derecho penal, es difícil, pero no imposible, y, es misión del penalista esforzarse, teórica y prácticamente en que el Derecho penal sea un instrumento idóneo para conseguir y afianzar la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político, como valores superiores de un Estado Democrático de Derecho”.

Concluyo con estas citas del notable político y por supuesto, gran escritor Marco Tulio Cicerón: “No hay nada tan increíble que la oratoria no pueda volverlo aceptable”. “El que seduce a un juez con el prestigio de su elocuencia, me parece más culpable que el que lo corrompe con dinero”


Catalina Ochoa Contreras

Ex jueza penal. Maestra en Derecho Penal y política criminal. Profesora de Derecho Penal.
Actualmente funcionaria en el Municipio de Juárez, Chih
@catalin66321818