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La necesidad y urgencia de (re)pensar el derecho internacional de los derechos humanos

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Considerando los actuales conflictos internacionales que revelan la violación masiva de las normas del derecho internacional, la gran duda y pregunta que surge es cuál es el papel de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), su verdadero poder, qué puede hacer con sus órganos y si debe continuar después de la comisión de estas graves violaciones de los derechos humanos que afectan los pilares que sustentan y justifican su creación en 1945 y los derechos garantizados, en especial, por la Declaración Universal de Derechos Humanos, que celebra su 75 aniversario en 2023.

Las Naciones Unidas surgieron después de la Segunda Guerra Mundial con el objetivo principal de mantener la paz y la seguridad internacional. A partir de ello, buscó establecer en la comunidad internacional una organización política universal, en la que los Estados pudieran, unidos y en colaboración, preservar a la humanidad de nuevas barbaridades contra la especie humana y que el planeta pudiera desarrollarse a partir de premisas comunes.

Sin embargo, a casi 80 años de su establecimiento en San Francisco, Estados Unidos, la ONU ha pasado varios enfrentamientos por temas entre los gobiernos que la integran, ya sea en términos sociales, económicos, políticos, culturales y/o ambientales.

Además, el estallido de conflictos como los de Rusia y Ucrania, Hamás e Israel, entre otros, muchas veces silenciosos o silenciados en el derecho internacional, nos hacen cuestionarnos si la estructura de la ONU necesita reformulaciones para un desempeño más acorde con lo esperado por parte de la comunidad internacional, pero, sobre todo, por los miles de personas que sufren a diario la vulneración de sus derechos.

En la misma dirección, a punto de cumplir 75 años, la Declaración Universal de Derechos Humanos demuestra visiblemente la dificultad para hacer realidad el establecimiento y garantía efectiva de los derechos más esenciales de las personas y si bien ha sido un documento paradigmático, con la internacionalización de derechos humanos, todavía queda un largo camino por recorrer en términos de garantizar y hacer realidad los derechos humanos en términos universales.

Por otro lado, el Consejo de Seguridad de la ONU, estructurado como un poderoso órgano de decisión dentro de la organización, tiene acciones estrictamente políticas, basadas en sus miembros permanentes (EE.UU., China, Rusia, Reino Unido y Francia), en particular, que reflexivamente, sus acciones no tienen un rumbo directo a favor de la humanidad, sino más bien a favor de intereses económicos y políticos de estos Estados.

En este sentido, se ciernen dudas sobre cómo debe actuar la comunidad internacional y cómo la ONU puede ser protagonista en esta acción para poner fin a los conflictos internacionales y, además, garantizar los derechos de los seres humanos en todo el planeta de forma completa y permanente con un una acción más neutral en materia económica y política, pero basada en la garantía de los derechos humanos.

Hasta el momento, lo que se puede resaltar es que la ONU tiene un rol limitado, no universalizado, sino para temas que involucran especialmente el uso de la soberanía nacional y las limitaciones/barreras que encuentra dentro de la propia organización, como en el Consejo de Seguridad. Es innegable su inestimable valor a favor de los derechos humanos desde su nacimiento. Por otro lado, existe una necesidad innegable de repensar el derecho internacional de los derechos humanos sobre la base de acciones más efectivas frente a los conflictos y violaciones que han victimizado y están a victimizar millones de personas.

La posibilidad de reestructurar la Organización es un punto que debe considerarse cuidadosamente después de todos estos años desde su creación. Por otro lado, incluso con una reestructuración, es importante recordar que el vínculo con los Estados es beneficioso para el éxito en la protección, promoción y eficacia en términos de derechos humanos y que va más allá de los límites de una organización internacional como la ONU.

Así, la reestructuración más allá de la ONU debe ser en los propios Estados, que deben tener al ser humano en el centro de sus órdenes y el respeto a los derechos humanos, la paz y la seguridad internacional como base de todo orden, sea nacional o internacional.

Micheli Piucco: Doctora en Derecho por la Universidad de Santa Cruz do Sul – UNISC, con un período sándwich en la Universidad de Burgos – España (PDSE/CAPES). Abogada y Profesora de la Universidad de Passo Fundo-RS. Fue visitante Profesional en la Corte Interamericana de Derechos Humanos – Costa Rica. Correo electrónico: micheli.piucco@hotmail.com.

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