Por Yesenia Hernández López
La defensa técnica implica el derecho que tiene el imputado de ser asistido por un defensor letrado y a comunicarse previamente con él para preparar su defensa.
Esto es que la defensa técnica adecuada se encuentra contemplada dentro de nuestra norma constitucional, a partir de la reforma de 2008, es muy importante separar 1) La defensa técnica, 2) La defensa adecuada.
La defensa Técnica. contempla el que dicho elemento debe ser realizado justo como lo dice su propio nombre por un técnico en Derecho, es decir por un Abogado que cuente con cedula y título profesional en dicha materia, mas sin embargo eso no nos garantiza que el abogado tenga la capacidad de actuar en una audiencia en el sistema penal acusatorio con todos los requisitos que con eso con llevan y por lo tanto respetando el debido proceso de esto se desprende la defensa adecuada.
La defensa Adecuada. significa que esta debe de ser realizada por una persona que tenga la capacidad de llevar a cabo una defensa material, es decir que verdaderamente pueda defender a ese imputado de la manera que lo requiere dentro de su causa penal, entonces esto nos ha llevado a que nuestro código nacional lo regule a través de un Juez de Control y el Juez de enjuiciamiento, dándoles la facultad de que en audiencia el Juez tenga la facultad de remover a ese defensor falto de experiencia, si ellos consideran que no esta cumpliendo con una defensa técnica adecuada, se lo hará saber al imputado y le explicara la situación a fin de que recapacite si quiere ser defendido por una persona que no esta capacitada, poniendo en riesgo su libertad.
Se considera que el derecho a una defensa técnica constituye una de las garantías en juego más trascendentes en el contexto de un juicio criminal. La defensa técnica, consiste en el derecho irrenunciable del imputado de contar con asistencia de un abogado desde el inicio del procedimiento hasta el final de la ejecución de la condena.
Se puede decir que, si bien es importante la defensa material del imputado, la defensa técnica sigue constituyendo, la más efectiva garantía para el resguardo de sus derechos, sea que se ejerza por el abogado de su confianza, abogados de Defensa Pública o el defensor de oficio.
En ese entendido, se puede establecer que la defensa técnica y la defensa material, se encuentran estrechamente relacionadas, puesto que para asumir el derecho a la defensa, el imputado tiene la posibilidad de que ambas puedan concurrir al mismo tiempo durante el desarrollo de todo el proceso penal, pues nadie puede ser condenado, sin ser previamente oído y juzgado en proceso legal; sin embargo, la defensa técnica es un derecho que no está constituido como una facultad o potestad, sino más bien, es un derecho irrenunciable que trata de precautelar y resguardar el derecho a la defensa del imputado, razón por la cual, mínimamente debe contar con la asistencia de una persona con conocimiento jurídico, ya sea el abogado de su confianza o el defensor de oficio designado por la autoridad competente, dicha garantía viene establecida en el Artículo 121 del CNPP.
Este aspecto resulta de suma importancia, pues tanto para quien ejerce la defensa técnica como para la defensa material, entendida como la persona sometida al proceso, conocer quien lo juzga es fundamental para determinar si cumple con los requisitos necesarios para cumplir con la función, desde el punto de vista de la independencia e imparcialidad mencionados anteriormente, como también desde la perspectiva del conocimiento y experticia requerido para tan delicada labor.
Entonces que, como abogada litigante en la materia, recomiendo que siempre se vaya preparado para su audiencia, que estudie su carpeta, que contradiga si es necesario, que se prepare, a nadie nos gustaría que nos sacaran de una sala de audiencia por falta de preparación, recordemos que debemos tener conocimiento en la norma constitucional, en sistema acusatorio y en las técnicas que nos requiere poder llevar a cabo una audiencia dentro de este sistema.
Maestra en Juicios Orales
Perito en Criminalística, Balística y Grafoscopía
Catedrática
Licenciada en Derecho egresada de la
Universidad Autónoma de Baja California.
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