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¿CUÁNTO DURA UN PROCESO PENAL?

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Por: Adrián Regino

Es la pregunta común de todas las personas que enfrentan un procedimiento, tanto como víctimas, como imputados. Sin duda, el tiempo angustia, el estrés de las posibles consecuencias jurídicas impactan en el ánimo de las partes, por supuesto, las personas imputadas tienen un papel más preocupante por cuanto a las consecuencias respecto a su libertad, ello no implica que ser víctimas no sea desgastante, pues los impactos psicológicos tienen gran relevancia y ha sido poco explorado.

Comencemos desde la presentación de la denuncia o querella, una vez que usted recibe su sello de recibido tendrá que esperar aproximadamente entre 5 a 10 días para que la autoridad le informe a qué Fiscalía fue turnada su denuncia, en ocasiones en esta parte no se le informa el numero de carpeta de investigación, sino solo se le brinda un número de folio para darle seguimiento.

¿Qué sigue? Acudir a la Fiscalia a la que fue turnado para recibir la burocracia con los brazos abiertos, entre búsquedas de mala gana, si cuenta con suerte, obtendrá el numero de carpeta de investigación y posiblemente el nombre del Agente del Ministerio Público que conocerá de su denuncia, acudirá con el mismo para solicitarle una cita con la finalidad de ratificar, la cual puede ser fijada dentro de un mes o más, no menos.

La práctica anterior ha sido muy cuestionada a lo largo del tiempo, pues si la denuncia no se ratifica no obtiene vida jurídica, esto es, si no se acude a expresar de manera verbal ante el Ministerio Publico que es su deseo presentar dicha denuncia, la autoridad investigadora no ejercerá los actos de investigación tendientes a esclarecer los hechos. Muchxs litigantes han señalado dicha practica como una cuestión burocrática, sin embargo, la Ley Orgánica de la Fiscalia -por lo menos la de la Ciudad de México- indica esta necesidad para llevar a cabo dicha ratificación del primer escrito de la víctima, esto es, la denuncia, lo cual nos hace pensar que los demás escritos después de la denuncia no requieren dicha comparecencia, ello si parece una práctica burocrática e injustificada.

Ya llevamos un mes y medio y apenas se va a ratificar la denuncia, no se ha ejercido ningún acto de investigación. Una vez que ratifica, entramos al limbo discrecional del Agente del Ministerio Público para llevar a cabo los actos de investigación necesarios para el esclarecimiento de los hechos y demostrar la probable participación de la persona imputada ¿Cuánto puede durar? Indefinidamente, tres meses, tres años, dependerá del seguimiento que se le de.

Imaginemos que en un año se logra la famosa Judicializacion de la carpeta de investigación, esto es, llevar la carpeta ante Juez de Control para que se celebre la audiencia inicial en presencia del imputado, una vez vinculado, como máximo de tiempo tendremos los seis meses de investigación complementaria, no más.

Ya llevamos un año siete meses en el procedimiento penal, de ahí se deberá sumar el tiempo que tarde la audiencia intermedia y por supuesto el juicio oral para obtener una sentencia, ¿Cuánto tiempo mas? Si somos optimistas podríamos obtener una sentencia (condenatorio o absolutoria) en tres meses. En un escenario optimista, logramos concluir el procedimiento penal en un año con diez meses, sin contar los recursos y el juicio de amparo. Cabe aclarar que dicho tiempo puede variar conforme las circunstancias del hecho ilícito, simplemente dicha sumatorio es un estándar de manera muy general del tiempo que puede tardar una investigación hasta sentencia, todo dependerá del seguimiento y atención que se le de a su caso.

Es preocupante estos números, pues se reitera que se parte de la generalidad, sin embargo, es tarea de todxs nosotrxs como litigantes continuar acortando estos tiempos para un verdadero acceso a la justicia, la tarea es larga.

Maestrante de la universidad de Barcelona, Abogado en Regino abogados