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AHORRE AHORA, QUIEBRE DESPUÉS, EL COSTO DE UN NON COMPLIANCE

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Por Rodolfo Chacón Rangel

El día de hoy nos encontramos ante el reto que implica el Nuevo Sistema Nacional Anticorrupción el cual obliga a los empresarios en nuestro país a evitar la corrupción en sus empresas. Esta nueva legislación trae responsabilidades de carácter administrativos sin embargo, es importante recordar que también puede haber implicaciones de carácter penal, entender la diferencia y la importanica que ambas tienen resulta fundamental ya que en una estaremos habando de sanciones de carácter económico adminsitrativas y en otro estaremos hablando de penas que pueden llegar a ser impuestas a la empresa por delitos cometidos en su nombre, por su cuenta, en su beneficio o a través de los medios que ellas proporcione cuando se haya determinado que además existió inobservancia del debido control en su organización lo que Tiedemann llamaria el defeto de organización.

Dicho lo anterior, ante este reto existe una vacuna llamada Compliance, palabra anglosajona que en el sentido estricto significa estar en cumplimiento. Reorganizar el Gobierno Corporativo implica un reto en nuestra sociedad, implia migrar hacia una conciencia y una cultura de la legalidad en la cual se prevenga, se detecte, se mitigue y desde luego se sancione toda clase de práctica corrupta dentro de la corporación.

Poder manifestar que una empresa cuenta con códigos de conducta o como le llaman en otras latitudes normas de integridad corporativa al interior de la empresa no logra ser suficiente si el programa de cumplimiento normativo, es decir, su compliance no está activo o no es una herramienta de acción, es decir, que carezca de un enfoque en el cual se de la sinergia entre una actualización permanente y la filosofía de una mejora continua para prevenir la realización de actos de corrupción, el no hacer esto puede provocar que la empresa resulte responsable y sea sancionada.

Es importante señalar que en el mundo globalizado en el cual nos encontramos hoy en día, no sólo la legislación mexicana obligará a las empresas a prevenir estos actos de corrupción ya que existe por ejemplo en Estados Unidos, la Ley Contra Prácticas Corruptas en el Extranjero, las llamadas FCPA, (Foreign Corrupt Practices Act) las cuales obligan a las corporaciones que lleguen a efectuar operaciones en otros países como pudiera ser el caso de México a contar con un programa de cumplimiento normativo para sus filiales así como para sus socios comerciales. Esto supone hablar de temas de extraterritorialidad lo cual para las empresas que operen fuera de Estados Unidos es una realidad.

Con base a lo anterior, resulta sorprendente que hoy en día existan empresarios que crean que el Compliance es un gasto innecesario o que no tendra buenos resultados. Para refutar esa falta creencia que aleja a las empresas de la cultura de la legalidad existe un ejemplo emblemático en el cual se multó A Walmart a pagar 283 millones de dólares, en el año 2019, por el Departamento de Justicia de Estados Unidos (DOJ por sus siglas en inglés) y la Comisión de Seguridad e Intercambios (SEC por sus siglas en inglés). El asunto tendría origen en México en el año 2005 cuando el ex director jurídico de la subsidiaria mexicana envió un correo electrónico al director jurídico global en el cual explicaba que había resultado responsable por el desarrollo de diversos proyectos inmobiliarios en los que habían corrompido para obtener licencias y permisos ya que después de una investigación encontraron que se habían pagado cerca de 50 millones de pesos en sobornos por lo que recomendó a Waltmart implementar un mecanismo que atacara, detectara y mitigara estos actos de corrupción de manera global. Sin embargo, Waltmart lo consieró inneseario. Esta abstención por parte de la corporación trajo como resultado que este tipo de prácticas fueran replicadas por subsidiarias en China, Brasil y la India lo que resultara que no se tratará como un hecho aislado ya que se contaba con un conocimiento previo en el cual se pudo haber atendido para prevenir, mitigar o hasta haber eliminado dicho riesgo.

Lo anterior, trajo como resultado que en el año 2011 a través de lo que se conoce como whistleblower (soplón o chivato) anónimo el DOJ y la SEC iniciaran una investigación de carácter internacional por actos de corrupción los cuales tendrían una duración de aproximadamente 7 años y que una vez puestos al descubierto los esquemas corruptores alrededor del mundo, la corporación no tuvo otra opción que aceptar su responsabilidad para verse beneficiada de un ahorro ya que de lo contrario la multa hubiese ascendido a 600 millones de dólares.

Como consecuencia, Walmart no solamente fue obligado a cubrir la cantidad de 283 millones de dólares sino que además fue obligada a implementar un programa de Anticorrupción a nivel global para que pudiese abarcar a sus filiales en otros países. Se dice que la implementación de dicho programa tuvo un costo aproximado de 900 millones de dólares sin embargo, el costo real en México sería mucho mayor ya que este escándalo originó una estrepitosa caída en la Bolsa Mexicana de Valores por el 16% de sus acciones, una de las caídas más grandes reportadas en su historia.

De todo lo anterior podemos concluir que el no implementar un Compliance (non Compliance) es una decisión que a muchas empresas chicas, medianas o grandes les puede costar no solamente una multa millonaria como la que Walmart tuvo que pagar sino que puede llegar a algo mucho peor. Ahorre ahora, quiebre después, asi se resume la decision de no implementar un programa de Compliance en la empresa.

• Licenciatura en Derecho por la UNAM titulado con la tesis “Responsabilidad Penal Corporativa y el Compliance como causa de eximente”
• Maestría en Juicios Orales y Sistema Penal Acusatorio por la Escuela Jurídica y Forense del Sureste.
• Estudios en Derecho Penal Fiscal por la Escuela Libre de Derecho, México.
• Estudios en Compliance y Responsabilidad Penal de la persona jurídica por la Universidad de Salamanca, España.
• Especialista en Compliance y Corporate Defense por la Asociación Peruana de Compliance.
• Socio fundador de Con Compliance, Blindaje Penal Inteligente.
• Director de Compliance en Gabriel Regino, abogados penalistas.