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FGR se contradice en caso OHL: reconoce concesión del Viaducto Bicentenario y pide cárcel para Paulo Díez

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Paulo Diez

Por: Arturo Angel

En un hecho insólito, la Fiscalía General de la República (FGR) envió a un juez federal la conclusión de una investigación de dos años en la que dio por buena la concesión del Viaducto Bicentenario que ostenta la empresa Aleática (antes OHL), y pidió siete años de prisión para el abogado Paulo Diez por haber bloqueado la vía y con ello generado un daño económico a dicha empresa.

De acuerdo con lo revelado en el noticiero Así las Cosas PM que conduce Enrique Hernández, L¡la acusación fue enviada justo el mismo día (12 de marzo) en el que, en otro juzgado, la misma fiscalía presentó una imputación inicial en la que aseguró que la concesión del Viaducto Bicentenario otorgada en 2008 en favor de Aleática era ilegal, y que no tenía derecho económico sobre ella. De hecho, quiso presentar a Paulo Diez como víctima. Esta imputación inicial fue desestimada por el juez al considerar que no había delito.

No es todo. En el documento de la acusación contra Paulo Diez por la que ha pedido que este sea enjuiciado y condenado, y de la que este medio tiene copia completa, la fiscalía presentó como una de sus pruebas el título de concesión que en 2008 otorgó el gobierno del estado de México en favor de OHL y que, según los fiscales, prueban que esta era una vía concesionada en favor de esa empresa.

Pero, por otro lado, en la apelación presentada en contra de la decisión del juez de no abrir proceso por el caso de la supuesta concesión ilegal, los fiscales se quejaron de que este le hubiera dado validez probatoria al título de concesión de 2008. Sí… justo el mismo documento presentado como prueba por los fiscales en el caso en contra de Paulo.

Así las Cosas PM refiere que tuvo acceso exclusivo a los documentos ministeriales y judiciales que corroboran lo anterior y exhiben la actuación doble y contradictoria de la fiscalía encabezada por Alejandro Gertz Manero.

Hasta ahora, lo que se conocía públicamente fue la fallida intención de la FGR de que se iniciara un proceso en contra de exfuncionarios del estado de México y de la empresa Aleática por la supuesta explotación ilegal el Viaducto Bicentenario. La decisión del juez Ramírez Peña de no dar luz verde a este proceso desató una inusual reacción la FGR que, a través de dos comunicados consecutivos, acusó públicamente que dicha concesión era “ilegal y nula”, y arremetió contra el juez acusándolo de haber sido “injusto”, de atropellar el interés de la Nació, y de haber actuado de forma “inconcebible”.

Lo que no se conocía es que la misma FGR culminó casi al mismo tiempo otra investigación en la que concluye, de forma totalmente opuesta a lo que consideraba “inconcebible”, que el Viaducto Bicentenario sí es una vía legalmente concesionada desde 2008, y que quien es la víctima es justamente la empresa Aleática.

Se trata de una contradicción de la que la FGR era plenamente consciente, no solo porque las indagatorias están radicadas en la misma fiscalía especial, sino porque tanto la acusación de un lado, como la imputación u apelación por el otro, esta involucrada la misma fiscal: Gabriela Castro.

CONSULTA AQUÍ EL DOCUMENTO COMPLETO DE LA ACUSACIÓN:

ACUSACIÓN FGR VS PAULO DIEZ

El caso revelado: OHL la víctima

Poco después de las 11 de la mañana del 30 de septiembre de 2020 Paulo Diez, junto con al menos 35 personas más, realizaron una manifestación en un tramo del Viaducto Bicentenario bajo la premisa simbólica de recuperarlo de su supuesta explotación ilegal. Ello pese a que la Secretaría de Seguridad y Protección Federal había advertido que no avalaría esta manifestación y que hacerlo podría traer consecuencias legales.

El 12 de noviembre de 2020 la empresa presentó una denuncia de hechos por la referida protesta que, según lo descrito, afectó por espacio de una hora el tránsito sobre la vía. A partir de lo anterior la FGR integró la carpeta de investigación FED/FECOC/UEIDFF-MEX/0001726/2022 y, en 2022, presentó la imputación inicial en contra de Paulo Jenaro Díaz Gargari ante el juez federal Rogelio León Díaz Villarreal en Almoloya, estado de México,

El juez determinó vincular a proceso al activista y abogado e imponerle, como medida cautelar, la presentación periódica de una firma. A su vez reconoció la calidad de víctima de Aleática en el caso y dio luz verde para que continuaran las investigaciones. Todo ello bajo la causa penal 337/2022.

En ese contexto, el pasado 12 de marzo la fiscal Michell Atziri Soto Velasco envió al juez Díaz Villarreal el escrito de acusación final en contra de Díez Gargari tras considerar cerrada la investigación. En el documento de 26 páginas la FGR acusa a Diez de haber “obstaculizado la vía de comunicación concesionada Viaducto Bicentenario”, generando con ello un perjuicio económico para la empresa Aleática.

Lo anterior, continua el escrito de acusación, es una conducta que encuadra en el delito contemplado en el artículo 533 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, en la modalidad de “aquel que parcialmente interrumpa los servicios que operan en las vías generales de comunicación”.

De acuerdo con el escrito de los fiscales, existen pruebas suficientes para que Diez sea sometido a juicio y, en su caso, se le aplique una pena de siete años de prisión, así como la imposición de una multa y el pago de los daños causados a la filial de Aleática que opera la vía (Viaducto Bicentenario SA de CV).

Entre las 28 pruebas documentales ofrecidas por la FGR para probar en juicio su teoría del caso, destaca justamente el título de concesión que el gobierno del Estado de México otorgó en 2008 a la entonces OHL para la construcción, explotación, operación, conservación y mantenimiento del Viaducto Bicentenario.

“Documental que es pertinente para acreditar que la Concesión en comento suscrita el 7 de mayo de 2008 fue expedida en favor de Viaducto Bicentenario SA de CV”, indica el escrito de acusación.

El mundo al revés de Gertz

Las conclusiones de la investigación presentadas en el referido escrito de acusación enviado el 12 de marzo al juez Díaz Villarreal, contradicen por completo la teoría del caso que ese mismo día formuló en la imputación inicial en contra de funcionarios de Aleática y del gobierno del estado de México, y que sostiene que dicha empresa no tiene derecho legal alguno de explotar el Viaducto Bicentenario.

Como se recordará, en la audiencia inicial que comenzó el 12 de marzo y continuó el 13 la FGR dijo que el documento de la concesión de 2008 otorgado por el gobierno mexiquense no era válido pues se trataba de un tramo federal. Por la misma razón, sostuvieron, tampoco era válido un convenio de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes con el que regularizó esta situación en 2020. De hecho, los fiscales consideraron Aleática debía de regresar más de 8 mil millones de pesos en ganancias que había obtenido por la explotación del viaducto.

“La concesión que fue otorgada por el Gobierno del Estado de México a Viaducto Bicentenario no tiene un solo artículo de fundamentación, ni uno solo, ni un solo artículo. Es decir, está carente de cualquier fundamentación legal (…) Usted no le puede otorgar un valor probatorio a ese supuesto documento que llaman título de concesión otorgado el Gobierno del Estado a favor de Viaducto Bicentenario” señaló uno de los fiscales en la audiencia.

Tras escuchar los argumentos de la FGR y de los abogados defensores el juez Daniel Ramírez Peña determinó no vincular a proceso y ordenar el cierre el caso bajo la premisa de que había documentos oficiales, tanto del estado de México como del gobierno federal, que validaban la concesión. En respuesta a ello, el 19 de marzo, l FGR presentó una apelación para que la determinación sea revisada por un tribunal federal.

En dicho escrito de apelación los fiscales reiteran sus argumentos vertidos en la audiencia inicial y acusan que estos no fueron tomados en cuenta. Pero en particular reprochan, expresamente, que el juez Ramírez Peña le haya concedido un valor probatorio al título de concesión.

“Causa agravio a esta representación social que se haya concedido valor probatorio (al título de concesión) aun y cuando tales documento son ilegales de origen, se encuentran pagados de irregularidades, por no haber sido celebrados con apego a las disposiciones legales”, señala la fiscalía.

Como se aprecia, este razonamiento es completamente opuesto al expuesto en contra de Diez en la causa penal 337/2022, donde fueron los propios fiscales quienes sí consideraron que el título de concesión era lo suficientemente legal para concederle valor probatorio, y en la que validaron el derecho a Aleática para explotar la vía al punto en que consideran que Paulo Diez debe pagarles por el bloqueo y pasar los siguientes siete años preso en Almoloya.

La respuesta de Paulo

Sobre esta información el acusado Paulo Diez aseguró que la indagatoria que la FGR inició en su contra deriva de otro proceso penal previo iniciado en el estado de México, y señaló que cuenta con una resolución favorable de juicio de amparo el 8 de febrero pasado que ha dejado sin efectos dicho proceso. No obstante, y como se precia en los documentos publicados en Así las Cosas PM, la acusación de la FGR es de una fecha posterior: el 12 de marzo.

Cabe señalar, además, que existe una tesis de un tribunal federal colegiado publicada el pasado 19 de abril por la Corte, que establece que las demandas de amparo son improcedentes en contra de las acusaciones formuladas por el Ministerio Público, como justamente ocurrió en este caso:

Tesis2028624

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