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La acreditación del testigo:  propósito, necesidad y pertinencia

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Hablar de la figura del testigo dentro de un proceso penal es de suma importancia, desde el momento en que se tiene conocimiento de la notitia criminis pues una las primeras interrogantes que surgen para el investigador, abogado o policía que tiene conocimiento del hecho será, ¿Quién pudo haber presenciado los hechos?, ¿Qué vio?, ¿Cómo?, etc., persona o personas que durante todo el desarrollo del procedimiento serán pieza clave para el abogado sea postulante o representante social, pues  su testimonio aportará información acerca de los hechos controvertidos.

Los testigos constituyen uno de los elementos materiales probatorios más importantes dentro del proceso penal, ya que son quienes aportan información sobre las circunstancias de tiempo, modo y lugar del hecho delictivo, serán estos quienes den voz a esos hechos que las partes involucradas en la litis pretenden acreditar.

Si bien es cierto, nuestro código procesal no establece un concepto de testigo, sí refiere en su numeral 360 el deber que tiene toda persona de testificar, así como la obligación de concurrir al proceso cuando sea citado y de declarar la verdad de cuanto conozca y le sea preguntado; así como que, no deberá ocultar hechos, circunstancias o cualquier otra información que sea relevante para la solución de la controversia.

Por lo tanto, se puede definir al testigo como aquella persona a la que le constan los hechos y que es llamada por cualquiera de las partes, ya sea fiscalía o defensa para que rinda una declaración ante el juez con la finalidad de acreditar su teoría del caso.

Toda esa información que el testigo conoce sobre los hechos en controversia tiene una finalidad para cada una de las partes; que es acreditar la culpabilidad o inocencia de quién representan, y es que sea escuchada por el juzgador o tribunal de viva voz de nuestro testigo, para ello tal como lo refieren Mauricio Duce y Andrés Baytelman la extracción de esa información se realizará a través del examen directo.

Una parte importe del examen directo que se realiza al testigo, es justamente la parte de la acreditación, ya que el objetivo de todo abogado es que el juez no solamente escuche lo que el testigo conoce sobre el hecho controvertido, sino que crea en la persona y en la veracidad de su historia. Para generar esa credibilidad se debe realizar un interrogatorio que resalte elementos que logren persuadir y convencer al juzgador de que la persona que se encuentra en el estrado es digna de todo crédito. Es decir, si el testigo dará su testimonio al cual se le debe dar cierta credibilidad, es importante que se conozca al testigo y el motivo por el que su testimonio debe ser tomado como cierto o valido.

En este orden de ideas, podemos entender que el propósito de la acreditación es el identificar y habilitar al testigo ante el tribunal, individualizándolo como persona y legitimando su comparecencia en audiencia. Por otro lado, Baytelman y Duce, 2004 señala que la acreditación constituye una función central de todo abogado litigante entregarle al tribunal elementos para construir juicios de credibilidad del testigo, debiendo formular preguntas orientadas a obtener información sobre dichos aspectos y que llaman preguntas de legitimación o acreditación del testigo.

En palabras de Fortanet Maldonado, la acreditación se trata de “humanizar al testigo”, ya que consiste en la oportunidad que tiene el litigante para establecer la calidad de la persona y hasta sus cualidades de ser humano, ciudadano, profesional, miembro de familia, empresario, científico, etc. Lo anterior dependerá siempre del tipo de testigo que se trate y el caso concreto, lo cual es determinante para saber si la acreditación se debe hacer de forma rigurosa o solo serán necesarias ciertas para identificar al testigo.

A partir de esta noción general podemos identificar tres objetivos primordiales de la acreditación, el primero que ya he señalado con antelación, es el dar al tribunal información que aporte credibilidad al testigo, ya que en un determinado momento se deberá otorgar cierta credibilidad alta o baja al testimonio rendido, de ahí la importancia de conocer quién es esa persona y por qué se debe creer en lo que dice; este primer aspecto de la acreditación es importante para conocer en qué sentido requiere ser acreditado el testigo, por ejemplo cuando del testimonio de un perito.  Un segundo objetivo es el uso de antecedentes del testigo, ya que en ocasiones estos tienen la importancia para juzgar el fondo del asunto, finalmente el realizar preguntas personales o que tiene que ver con información que, conocida para el testigo, permite que este se sienta cómodo y entre en confianza para un mejor desarrollo del interrogatorio.

Ahora bien, en cuanto a la necesidad de acreditar al testigo no atiende a una disposición legal que deban cumplir los litigantes, su necesidad radica en la lógica del juicio oral y la libre valoración de la prueba, ya que se busca dar al juzgador elementos que le permitan dar credibilidad a la prueba, ya que de no hacerlo se estaría únicamente a la valoración en base a sus propio criterio o perjuicios.

Algo importante que se debe tomar en cuenta a la hora de acreditar al testigo, es que no todos se acreditaran de la misma forma, ello dependerá del aporte que el testigo haga a nuestra teoría del caso, es decir que tanto ayude a acreditar la misma, habrá testigos que su aporte sea menor.

Como podemos darnos cuenta, la acreditación del testigo dentro del examen directo no es solamente realizar preguntas que hasta cierto punto individualicen a la persona que se encuentra en el estrado, sino que como abogado logremos primero identificar la importancia, finalidad y necesidad de la información que él examinado aportará para acreditar o robustecer nuestra teoría del caso, ya que eso nos va a permitir hacer una correcta y efectiva acreditación, logrando así la credibilidad y legitimidad del testigo.

Finalmente, lo que no debemos perder de vista es el objetivo primordial de toda prueba testimonial que se produce en una etapa de juicio, que es la de persuadir al juez sobre la credibilidad o veracidad del testimonio del testigo, misma que la iniciamos a construir desde el inicio del examen directo, a través de las preguntas de acreditación.

“No hay testigo tan terrible ni acusador tan potente

 como la conciencia que mora en el seno de cada hombre”

Baytelman A., Andrés y Duce J., Mauricio, “Litigación penal: Juicio oral y prueba”, Santiago, Chile, 2004.

Zulene Yazmin Barrientos Salinas

Licenciatura en Derecho por la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez (UACJ)

Maestrante en Derecho Procesal Penal y Juicios orales

Catedrática de la Licenciatura en Derecho de la Universidad Tecmilenio campus La Torres, Mty. N.L.

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