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El sexenio donde se acabó con el Derecho Penitenciario (2006-2012)

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Dedicado a la penitenciarista

Dra. Emma Mendoza Bremauntz (+)

El Artículo Quinto Transitorio del Decreto que contiene la Reforma Constitucional en materia de Justicia Penal y Seguridad Pública publicado en el Diario Oficial de la Federación (en adelante “DOF”) el 18 de junio de 2008, previó lo siguiente:

“El nuevo sistema de reinserción previsto en el párrafo segundo del artículo 18, así como el régimen de modificación y duración de penas establecido en el párrafo tercero del artículo 21, entrarán en vigor cuando lo establezca la legislación secundaria correspondiente, sin que pueda exceder el plazo de tres años, contados a partir del día siguiente de la publicación de este Decreto.”

Sin embargo, después de revisar la legislación en materia penitenciaria y algunos pronunciamientos de las autoridades encargadas de la materia entre 2006 y 2012, ninguna hizo referencia al “Nuevo Sistema de Reinserción”. Fue ese sexenio, el más oscuro para la cuestión penitenciaria, marcado por la corrupción y la omisión del respeto a los derechos humanos, especialmente.

Así, la sustitución del término “readaptación” por “reinserción” sin la reflexión adecuada, fue el primer paso hacia el desorden en la organización del Sistema Penitenciario mexicano; desorden que no se ha podido enfrentar, entre otras razones, por las obligaciones contraídas con particulares en esa época para la construcción y administración de centros penitenciarios federales y los costos económicos que traería para el Gobierno Federal darlas por terminadas.[1]

Bajo el nombre que sea, parece que la represión fue el fin práctico del Sistema Penitenciario Federal durante el periodo 2006-2012, porque mientras se debería hablar del éxito del sistema de reinserción y sus programas de apoyo a las personas privadas de la libertad, así como su correcta incorporación al tejido social una vez que cumplieron su pena, todo se centró en construir más cárceles.

Hasta diciembre de 2008 en los Estados Unidos Mexicanos, había seis centros penitenciarios federales: Centro Federal de Readaptación Social número 1 “Altiplano” ubicado en Toluca, Estado de México; Centro Federal de Readaptación Social número 2 “Occidente” situado en Puente Grande, Jalisco; Centro Federal de Readaptación Social número 3 “Noreste” localizado en Matamoros, Tamaulipas; Centro Federal de Readaptación Social número 4 “Noroeste” en Tepic, Nayarit; Colonia Penal Federal “Islas Marías” en las costas de Nayarit y Centro Federal de Rehabilitación Psicosocial, ubicado en Cuautla, Morelos.

El 7 de agosto de 2009 se publicó en el DOF el Acuerdo 05/2009 del Secretario de Seguridad Pública, a través del cual se incorporó al Sistema, el Centro de Readaptación Social “Pericles Namorado Urrutia” ubicado en el municipio de Villa Aldama, Veracruz, bajo la denominación de “Centro Federal de Readaptación Social, número 5, Oriente”. Ya como CEFERESO, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos le ha hizo dos recomendaciones: la primera, la número 25/2010 del 24 de marzo de 2010[2] y, la segunda, la recomendación 68/2011 del 30 de noviembre de 2011.[3]

El 28 de diciembre de 2009, se publicó en el DOF el Acuerdo 08/2009 del Secretario de Seguridad Pública, a través del cual se incorpora al Sistema Penitenciario Federal, el Centro de Readaptación Social “Huimanguillo” ubicado en el Estado de Tabasco; bajo la denominación de “Centro Federal de Readaptación Social Número 6, Sureste”. De acuerdo con reportes periodísticos, cincuenta y nueve días después de su inauguración se escapó el primer interno; [4] esta situación puso los reflectores sobre el CEFERESO núm. 6, dejando al descubierto las instalaciones inacabadas y la falta de recursos para mantener la seguridad de la institución.

El 30 de junio de 2010 se difundió el “Acuerdo 03/2010 del Secretario de Seguridad Pública, por el que se dan a conocer los trámites a seguir para la autorización de visitas a internos en los Centros Federales de Readaptación Social e interno-pacientes en el Centro Federal de Rehabilitación Psicosocial”, este buscó generar las condiciones apropiadas para que las visitas se desarrollaran apropiadamente y contribuyeran al tratamiento de los internos y los interno-pacientes.

El 28 de septiembre de 2010 se publicó el Acuerdo 10/2010, el cual incorporó al Sistema Penitenciario Federal, el Centro de Readaptación Social número 3, bajo la denominación de “Centro Federal de Readaptación Social número 7, Nor-Noroeste”; ubicado en el municipio de Guadalupe Victoria, Durango.

En la misma fecha del Acuerdo anterior, se difundió en el DOF el Acuerdo 11/2010 por el que se incorpora el “Centro Federal de Readaptación Social número 8, Nor-Poniente”, para lo cual el gobierno del Estado de Sinaloa enajenó a título gratuito en favor del Gobierno Federal, la construcción incompleta ubicada en el predio “Jesús María”, Municipio de Guasave, Sinaloa. Inició operaciones en julio de 2011, luego de concluir con la rehabilitación de 633 nuevos espacios penitenciarios que incluyeron medidas especiales de reclusión. Paralelamente se comenzaron obras de ampliación, con el fin de construir un módulo para población de riesgo alto y un módulo para población de riesgo medio.[5] Conforme información periodística, el 31 de diciembre de 2011, el CEFERESO núm. 8 sufrió un incendio que colocó en riesgo la vida de 500 internos y 30 custodios, afortunadamente no hubo ninguna muerte; pero, quedó de manifiesto que pudo ser la falta de mantenimiento lo que ocasionó el incendio.[6]

El 2 de junio de 2011, se publicó el Acuerdo 03/2011 que incorpora al Sistema Penitenciario Federal el “Centro Federal Femenil Noroeste” ubicado en los poblados El Rincón y La Fortuna, municipio de Tepic, Estado de Nayarit. Con este Acuerdo se elevó formalmente a la categoría de centro, el otrora módulo especial para la custodia de mujeres; se encuentra a un costado del CEFERESO núm. 4.

El 3 de junio de 2011 se incorporaron por el Acuerdo 04/2011, los Centros Federales de Readaptación Social que integran el “Complejo Penitenciario Islas Marías” (la “Colonia Penal Islas Marías” cambio por “Complejo Penitenciario” con la reforma del 1º de abril de 2010 al Estatuto de las Islas Marías). La infraestructura existente fue aprovechada para ser la base de la nueva organización de la isla. Se incorporaron los siguientes centros: Centro Federal Femenil de Readaptación Social de Seguridad Mínima “Zacatal”, Centro Federal Femenil de Readaptación Social “Rehilete”, Centro Federal de Readaptación Social de Mínima Seguridad “Aserradero”, Centro Federal de Readaptación Social “Morelos”, Centro Federal de Readaptación Social “Bugambilias” y el Centro Federal de Readaptación Social de Seguridad Máxima “Laguna del Toro”.

Desde la inauguración del Complejo Penitenciario hasta diciembre de 2012, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos recibió más de 30 quejas de internos y de sus familiares; lo anterior, trajo como consecuencia la recomendación número 90/2011 del 16 de diciembre de 2011, por parte de la CNDH.[7]

El siguiente CEFERESO en incorporarse fue el “Centro Federal de Readaptación Social número 9 Norte” con fundamento en el Acuerdo 06/2011, publicado el 22 de julio de 2011. Se ubicó sobre el que fuera en otro tiempo, el Centro de Reinserción Social Estatal en Ciudad Juárez, Chihuahua.

A través del Acuerdo 02/2012 publicado en el DOF de 06 de marzo de 2012, fue incorporado el “Centro Federal de Readaptación Social número 10 Nor-Noreste” en Monclova, Coahuila. Para su aprovechamiento se destinó el terreno e instalaciones que integraban el Centro de Readaptación Social de Monclova Coahuila, identificado como lote A-3 de la Ex hacienda de San José de las Cañas, en el municipio de Monclova, Coahuila.

En el DOF de 3 de mayo de 2012, se publicó el Acuerdo por medio del cual se incorporó un segundo complejo penitenciario, se trató del “Complejo Penitenciario Federal Papantla”, integrado por los centros siguientes: Centro Federal de Observación y Clasificación; Centro Federal de Readaptación Social I; Centro Federal de Readaptación Social II; Centro Federal de Readaptación Social III; Centro Federal de Readaptación Social IV; Centro Federal de Readaptación Social V y Centro Federal de Readaptación Social VI.

El último de los Centros Federales incorporados al Sistema durante el periodo 2006-2012 fue el “Centro Federal de Readaptación Social número 11, CPS Sonora”, a través del Acuerdo 11/2012 publicado en el DOF de 5 de octubre 2012. Las instalaciones ya habían sido transmitidas por el Gobierno Estatal al Gobierno Federal.

El CEFERESO 11 es el primer centro federal que se construyó a partir de la figura del “CPS” (Contrato de Prestación de Servicios) y no fue el único. “En diciembre de 2010 se adjudicaron los contratos para los proyectos ubicados en los estados de Chiapas, Coahuila, Durango, Guanajuato, Michoacán, Morelos y Sonora. En marzo de 2011 se adjudicó el proyecto en Oaxaca. Estas instalaciones generarán 20 mil espacios penitenciarios adicionales. […]”[8] Estos datos fueron tomados del Quinto Informe de labores de la Secretaría de Seguridad Pública federal a cargo del tristemente célebre Genaro García Luna y abrieron la puerta a las interrogantes: ¿cómo fue dicha adjudicación y dentro de qué marco legal se dio?, ¿cuáles son las obligaciones y beneficios que reportaron tanto para las autoridades encargadas de su gestión como para las empresas comisionadas para la construcción y administración de los centros?, ¿quién permitió todo ese caos penitenciario? y finalmente ¿quién acabo con el Derecho Penitenciario en México?

Gracias por tomarte el tiempo de leer.

Alberto Francisco Garduño. Abogado fintech en “Pagés Abogados” y profesor de la Facultad de Derecho de la UNAM. Mis líneas de investigación son: teoría del delito, derecho de ejecución penal, derecho económico y derecho antidiscriminatorio. X: @albertofco9

Fuentes consultadas:

[1] Véase Maza Alfredo, “Cárceles privadas: el Gobierno busca llenarlas a costa de los derechos humanos de los reclusos” en Aminal Político, 24/10/2024, [en línea] <https://animalpolitico.com/sociedad/carceles-privadas-traslados-violaciones -derechos-humanos>.

[2] Comisión Nacional de los Derechos Humanos, Informe de actividades del 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2010, México, 2011, p. 584, [en línea] <http://www.cndh.org.mx/sites/all/fuentes/documentos/informes/anuales/2010.pdf>

[3] Comisión Nacional de los Derechos Humanos, Recomendaciones de 1990 a 2012, México, [en línea] <http://www.cndh.org.mx/node/32>.

[4] Barajas, Abel, “Acusa PGR a ex jefe de Cefereso de Tabasco por fuga de reo”, Noticias Terra, 12/01/2012, [en línea] <http://noticias.terra.com.mx/mexico/seguridad/acusa-pgr-aex-jefe-de-cefereso-de-tabasco-por-fugadereo,da9211903abe4310VgnVCM20000099f154 d0RCRD.html>.

[5] Secretaría de Seguridad Pública, Quinto Informe de Labores, México, 2011, p. 62, [en línea] <http://www.ssp.gob.mx/portalWebApp/ShowBinary?nodeId=/BEA%20Repository/1152053//archivo>.

[6] Flores, Linaloe, R., “Cárceles mexicanas: Peor aún que el infierno…”, Lo mejor de Sin embargo.mx, periodismo digital con rigor, 19/01/2012, p. 2, <http://www.sinembargo .mx/download/lo_mejor_de_sin_embargo/19012012.pdf>.

[7] Otero, Silvia, “CNDH: en Islas Marías de violan las garantías”, El Universal, México, 24/12/2011, [en línea] <http://www.eluniversal.com.mx/nacion/192366.html>.

[8] Secretaría de Seguridad Pública, Quinto Informe de Labores, México, 2011, p. 62, [en línea] <http:// www.ssp.gob.mx/portalWebApp/ShowBinary?nodeId=/BEA%20Repository/1152053//archivo>

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